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19 de abril de 2024

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa RiberaEuropa Press

Ahorro energético  Regular la temperatura y apagar luces y escaparates: así queda el real decreto ley aprobado por el Gobierno

Las primeras medidas entran en vigor este miércoles 10 de agosto

Limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles, así como apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22:00 horas serán las primeras medidas que entrarán en vigor este miércoles.
Así figura en el primer paquete de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno para reducir el consumo de energía con el objetivo de cumplir con los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania. En el caso de todas estas iniciativas tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
Centros sanitarios y hospitalarios, de formación (colegios, universidades o guarderías), peluquerías, lavanderías, gimnasios y los medios de transporte en sí (trenes, aviones, aeropuertos, barcos...) quedarán excluidos de la obligatoriedad de limitar la temperatura, para no bajar de los 27 grados en verano ni superar los 19 grados en invierno. También quedan exentos aquellos centros donde sean necesarias exenciones por las especificidades del sector. Un ejemplo de esto son las habitaciones, que son de regulación privada en los hoteles. En el resto del hotel (por ejemplo restaurantes, cafetería, espacios comunes) sí se aplicaría.
De esta manera, los límites de temperatura establecidos se aplicarán al interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a uso administrativo (incluyendo plantas o zonas de oficinas, vestíbulos generales y zonas de uso público), comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares) y cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares). También quedan supeditados los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, restauración (bares, restaurantes y cafeterías) y transporte de personas (estaciones y aeropuertos).

Según la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, 27 grados se aplicarán «con flexibilidad»

No obstante, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha precisado el pasado viernes que bares y restaurantes pueden limitar el uso del aire acondicionado al «entorno de los 25 grados». Estos tendrán que tener en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral, frente a los 27 grados que contempla el real decreto aprobado por el Gobierno.
En este sentido, aclaró que los 27 grados se aplicarán «con flexibilidad». La ministra puso como ejemplo que discotecas, cocinas y gimnasios necesitan una temperatura distinta a otros espacios como una librería.
«No se puede pedir a trabajadores que están en condiciones de ejercicio físico importante que no tengan las condiciones que el derecho laboral garantiza con respecto a los máximos y mínimos de temperatura», aseguró Ribera en declaraciones recogidas por Europa Press.

Los edificios a los que se les aplica la limitación de temperatura deberán informar, mediante carteles informativos o pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético

Por ello, los comercios y establecimientos deberán justificar cuándo no aplican el límite de temperatura en el termostato. Esta flexibilidad se incorpora en el decreto ley para proteger los derechos de la salud laboral de sus trabajadores.

Los monumentos no se apagarán

En lo que respecta al apagado del alumbrado de escaparates, el horario de apagado desde las 22:00 horas se aplicará exclusivamente al alumbrado de escaparates y edificios públicos que a dicha hora estén desocupados. Así, no se aplicará al alumbrado ornamental de monumentos, salvo que sean edificios públicos que a dicha hora estén desocupados.
En lo que se refiere a la instalación de cartelería, señales y pantallas, los edificios a los que se les aplica la limitación de temperatura deberán informar, mediante carteles informativos o el uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire. Además, deberán incorporar información sobre la temperatura y humedad (disponiendo de termómetros visibles a los usuarios del edificio), apertura de puertas o regímenes de revisión y mantenimiento.
Teresa Ribera,a tras la reunión telemática con los responsables autonómicos en las áreas de Energía, Industria y Comercio y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para analizar los detalles del plan de ahorro

Teresa Ribera, tras la reunión telemática con los responsables autonómicos en las áreas para analizar los detalles del plan de ahorroEFE

También pueden informar de otras medidas que estén adoptando voluntariamente, quedando los carteles visibles, en todo momento, a la entrada o acceso de los edificios. La fecha de inicio de la medida es al mes desde la publicación de la normativa en el BOE, es decir, el próximo 2 de septiembre y estará vigente, en principio, hasta el 1 de noviembre 2023.
Respecto a la obligación de disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado, se aplicará en edificios y locales con acceso desde la calle, destinados a los mismos usos que a los que se aplicaría el límite de temperatura. En esta medida, no se consideran exclusiones, salvo que la legislación de seguridad que aplique al edificio o local impida cumplir esta obligación. La fecha para adaptarse es antes del 30 de septiembre y no tiene fecha límite para su cumplimiento.

Sanciones desde 60.000 euros

Los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que no cumplan el plan de ahorro y eficiencia energética afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves. En el caso de que la infracción sea considerada grave, se enfrentarían a multas de hasta seis millones de euros por las graves y de hasta 100 millones de euros por las muy graves.
Fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo han explicado a Europa Press que las sanciones que se aplicarán serán las recogidas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE). Estas están dispuestas, a su vez, en los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.

«No se pretende sancionar»

Ribera ha subrayado este martes que «no se trata de una aplicación inmediata» y que la colaboración de las comunidades autónomas es «capital». «No creo que haya una voluntad de insumisión generalizada», ha asegurado Ribera en declaraciones recogidas por Europa Press.

Creo que cualquier gobierno responsable sabe que las normas están para aplicarlasTeresa RiberaMinistra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

«No se pretende sancionar, se pretende encauzar, por lo tanto tenemos que darnos un margen, claro que debemos estar todos vigilantes y reforzar la idea de que las normas están para cumplirlas. No creo que nadie vaya a imponer multas rápidamente, sino al revés, tendrá que haber un procedimiento previo y sobre esa base, de forma proporcionada, ir adoptando medidas», ha explicado.
No obstante, ha advertido de que «si pasa el tiempo y aquí no pasa nada», habría que pensar «obviamente» en cuáles son los recursos y «probablemente lo que corresponde es un conflicto negativo de competencias» si se constata que la administración autonómica pretende no aplicar la norma. «Creo que cualquier gobierno responsable sabe que las normas están para aplicarlas y se evitará la insumisión», ha subrayado.
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