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25 de abril de 2024

La norma contempla la expropiación si la tierra no cumple un «uso social»

La norma contempla la expropiación si la tierra no cumple un «uso social»Foto: EFE / Edición: Paula Andrade

BOE

Castilla-La Mancha aprueba una ley que permite expropiar tierras «infrautilizadas»

En plena campaña electoral, el BOE publicaba una norma que recuerda a los tiempos de la II República

El 22 de mayo de 2023 el BOE publicó la Ley de Agricultura Familiar y Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. La polémica estaba servida desde el pasado mes de febrero cuando los agricultores y la oposición al presidente Emiliano García-Page pusieron el grito en cielo porque abría la puerta a la expropiación y a la redistribución de tierras.
La idea de esta ley es recopilar los terrenos en desuso o «infrautilizados» para «conectar oferta con demanda». A la vista del texto, y teniendo en cuenta el entendimiento actual entre el PSOE y la izquierda más radical (Podemos y Sumar), los agricultores están intranquilos.

Función social

ASAJA ya ha dicho que están «confundiendo a los agricultores» y avisa sobre el artículo 29 de esta ley una vez que ya está sancionada por el Rey y publicada en el BOE.
Ese artículo se titula Declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra y se divide en cinco puntos. En el primero ya comenta que «la Consejería podrá acordar respecto a una parcela o finca rústica la declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra, por su infrautilización».
En el segundo punto va más allá y explica que «se considerará incumplida la función social del uso de la tierra, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, si una parcela o finca rústica ha permanecido en el inventario del suelo infrautilizado previsto en el artículo 27.5 y 6 de esta ley durante dos años consecutivos».
Además, explica que «podrá afectar al derecho de propiedad de la parcela o finca rústica afectada, o sólo al usufructo de esta». Los artículo 29.3 y 29.4 son los más explícitos: «La declaración de incumplimiento de la función social del uso de la tierra podrá afectar al derecho de propiedad de la parcela o finca rústica afectada, o sólo al usufructo de la misma», señala en primer lugar. «La declaración prevista en el apartado anterior conllevará, previa tramitación del expediente correspondiente, la cesión temporal de uso al Banco de Tierras, por un plazo no inferior a diez años ni superior a veinticinco, de la parcela o parcelas en las que se produce dicha situación».

II República

Una ley del 2023 que recuerda mucho a la Ley de Reforma Agraria de España de 1932 y que fue uno de los proyectos más ambiciosos de la II República. El problema de la desigualdad social en Andalucía y de los latifundios en manos de unas pocas familias se solucionó mediante la expropiación con indemnización de una parte de ellos y la entrega posterior en pequeños lotes a jornaleros.
Como tantas medidas que se tomaron en la II República al calor de una ideología extremista, la reforma agraria fue un fracaso por la lentitud en su puesta en marcha. El Gobierno solución aquello con un Decreto de Intensificación de Cultivos que permitía la ocupación temporal de tierras de labranza que no estuvieran arrendadas.
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