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Mechero Zippo.

Mechero Zippo.Pixabay

Cómo un popular mechero podría cambiar las reglas de la guerra arancelaria entre EE.UU. y la UE

El conflicto que mantiene Zippo con la Unión Europea podría reforzar el margen de maniobra de Bruselas en sus represalias comerciales

El conflicto que mantiene Zippo con la Unión Europea podría convertirse en un punto de inflexión en la guerra arancelaria entre Estados Unidos y la Unión Europea. A partir de este litigio, la Justicia europea se inclina por limitar el uso del «derecho a ser oído» a casos individuales frente a medidas de alcance general, como los aranceles, lo que podría reforzar significativamente el margen de maniobra de Bruselas en sus represalias comerciales.

Durante el primer mandato de Donald Trump, Estados Unidos impuso gravámenes sobre varios tipos de productos siderúrgicos de distinta procedencia, incluidos de la Unión Europea. Esta respondió con contramedidas arancelarias a determinadas categorías de productos, entre los que se encontraban «encendedores y mecheros» en un claro ataque a la compañía norteamericana Zippo.

Esta multinacional impugnó los aranceles alegando que el artículo 41 de la Carta establece el derecho de las personas a ser oído «antes de que se tome en contra suya una medida individual que le afecte desfavorablemente». El Tribunal General estimó la alegación y anuló el reglamento por el que se imponían medidas de represalia para estos productos, ante lo cual la Comisión interpuso un recurso de casación.

Ahora, la abogada general de la Unión Europea, Tamara Capeta, ha advertido en un informe que el llamado «derecho a ser oído» de la Carta de Derechos Fundamentales no es aplicable a procedimientos que desemboquen en una medida de alcance general. Por ello, el Tribunal de Justicia debería anular la sentencia y devolverla al Tribunal General para este se pronuncie sobre los demás motivos. Según la abogada general, incluso cuando existiera un «derecho general» a ser oído, no se aplica a un procedimiento que da lugar a una medida de alcance general.

De hecho, Capeta recuerda que la Comisión llevó a cabo un procedimiento de recogida de información «abierto y transparente» en el que Zippo no quiso participar a pesar de haber sido informada de ello.

El criterio es relevante ya que la Comisión necesita seguridad jurídica para poder aplicar reciprocidad si fuera necesario

La decisión tiene unas repercusiones importantes ya que acaba con un plumazo con este freno que impedía las represalias en materia arancelaria. «El criterio es relevante ahora que nos encontramos en plena guerra arancelaria porque la Comisión necesita seguridad jurídica para poder aplicar reciprocidad si fuera necesario», explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho euro.

Ahora queda que el Tribunal de Justicia de la UE asuma la tesis de la abogada general. Según fuentes especializadas, en el 75 % de los casos se sigue el criterio del Abogado General, pero en este caso parece difícil que no lo haga. «Es lo razonable a la luz de la letra y el espíritu de la Carta y de la necesidad de seguridad jurídica de la Comisión en plena guerra arancelaria», apunta Navas.

El experto señala además que el hecho de que no sea de aplicación el art. 41.2 de la Carta no significa que no haya instrumentos de participación. «Existen los cauces de participación otra cosa es que la Comisión siga otro criterio que entiende que es de interés general; en el caso de una guerra como la arancelaria en la que nos encontramos, la Comisión debe tener margen de maniobra», concluye el socio-director de Navas & Cusí.

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