Fundado en 1910

28 de marzo de 2024

Oriol Junqueras en una comisión de investigación en 2020

Oriol Junqueras en una comisión de investigación en 2020Albert Gea / GTRES

El Debate adelanta la sentencia en exclusiva

El Tribunal de Cuentas tumba el Fondo creado por la Generalitat para pagar la responsabilidad contable del procés

Puigdemont, Junqueras, Mas y Romeva tendrán que responder con sus propios bienes o serán embargados

La sala del Tribunal de Cuentas ha desestimado los recursos presentados por Carles Puigdemont y otros 33 miembros separatistas del antiguo Govern, basados en una pretendida indefensión, contra la liquidación provisional de 5,42 millones de euros. Además, la delegada instructora Esperanza García Moreno ha resuelto no admitir los avales presentados por los presuntos responsables con cargo al Fondo Complementario de Riesgos del Instituto Catalán de Finanzas (ICF), creado ex profeso por la Generalitat con el objetivo de cubrir la responsabilidad contable de los líderes independentistas.
Esta liquidación provisional, se comunicó a los responsables catalanes el pasado 28 de junio y trae su causa de un informe oficial de fiscalización sobre el destino de recursos asignados a acciones de política exterior  aprobado en marzo de 2019, que puso de relieve los gastos ilegales que realizaron diversas autoridades y funcionarios de la Generalitat de Cataluña durante los años anteriores a la realización del referéndum del 1-O. Todo ello, a través de las embajadas catalanas en el exterior y de Diplocat, organismo definido por el propio Tribunal Supremo como «instrumento al servicio de la secesión», que se encargó de efectuar todo tipo de actividades y debates en multitud de países para promocionar el derecho a decidir de Cataluña y su derecho a la independencia. También incluye los gastos de viajes al extranjero de los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas y de los exconsejeros de la Generalitat, Oriol Junqueras, Toni Comín, Clara Ponsatí, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Carles Mundó, Neus Munté, Lluis Puig, Meritxell Serret y Santi Vila.
El Tribunal de Cuentas tumba el Fondo creado por la Generalitat para pagar la responsabilidad contable del procés

Este informe fue realizado por el Tribunal a petición de las Cortes Generales. En esta solicitud el PSOE fue una pieza fundamental votando a favor del encargo al señalar su portavoz, Antonio Hurtado, que «en primer lugar, se trataría de controlar y fiscalizar si los recursos públicos se han gestionado de la forma adecuada; en segundo lugar, si se han gestionado, conforme a la ley y, en tercer lugar, si se han gestionado asumiendo competencias propias y no asumiendo competencias ajenas». 
Tras la aprobación del informe, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado observaron la posible existencia de irregularidades presuntamente constitutivas de responsabilidad contable, por lo que se inició el procedimiento que dio lugar a la liquidación provisional señalada: 5,42 millones de euros. El fiscal también apreció la existencia de posibles responsabilidades penales, dando traslado al órgano jurisdiccional penal competente. Así, lo que vaticinó el representante del PSOE es precisamente lo que ocurrió.
Tras el examen de toda la documentación recabada para redactar el informe y dando audiencia a todas las partes para que la analizaran y aportaran los documentos y manifestaciones que creyeran convenientes, la delegada instructora comunicó la liquidación provisional el 28 de junio de 2021, e instó a los presuntos responsables a presentar las correspondientes garantías de las cantidades que se les imputaban a cada uno.

Los fondos utilizados

Como la llamada Caja de Solidaridad (caja que guarda todos los donativos recogidos para ayudar a las autoridades secesionistas) carecía de fondos suficientes por haberse usado en otros procedimientos anteriores, los partidos ERC y Junts per Catalunya exigieron a Pere Aragonès, presidente de Cataluña, que fuera la propia Generalitat la que avalara a los que habían malversado sus fondos. De esta forma no tendrían que responder con sus bienes y no serían embargados.
El Govern aprobó el pasado 6 de julio un decreto ley creando un Fondo Complementario de Riesgos para avalar con recursos públicos a los que han sido declarados como posibles responsables contables por malversación. En este decreto ley se establecía que, mientras no se estableciera la entidad gestora «de forma excepcional, se encarga su gestión provisionalmente al Instituto Catalán de Finanzas».
García Moreno, una vez presentados los avales con cargo a ese Fondo, solicitó el pasado 27 de julio, tal y como establece la propia Ley del Tribunal de Cuentas, un informe a la Abogacía del Estado preguntando «si nuestro sistema de responsabilidad contable permite que sea, directa o indirectamente, la propia entidad perjudicada, en este caso la Comunidad Autónoma de Cataluña que representa a todos los integrantes del pueblo de Cataluña (art. 2 del Estatuto de Autonomía), la que garantice con dinero público la posible responsabilidad contable de los que puedan haber incurrido por dolo o culpa grave».
Por su parte, la Abogacía del Estado decidió no emitir el informe solicitado por la delegada y que está previsto legalmente. Así, el 20 de septiembre, la abogada general del Estado, Consuelo Castro, eludió pronunciarse sobre la legalidad de los avales de la Generalitat, alegando que debe guardar la imparcialidad por tratarse de una de las partes en el proceso. Tampoco se tiene constancia de que el Gobierno presidido por Pedro Sánchez haya recurrido por inconstitucional el decreto ley que crea dicho Fondo.
Tras la decisión de no pronunciarse de la Abogacía del Estado, la delegada instructora del Tribunal de Cuentas ha resuelto sobre la improcedencia de los avales presentados por los presuntos responsables con cargo al Fondo creado ad hoc para resolver sus problemas de solvencia. De esta manera, al no aceptar dichos avales, tendrán que responder con sus propios bienes o ser embargados. Esta decisión puede ser recurrida por los responsables.
Por otra parte, hay que recordar que este proceso ante el Tribunal de Cuentas por los 5,42 millones, ha sido acumulado, dada su íntima conexión al proceso que ya se seguía en el mismo por los gastos ilegales que se realizaron para la convocatoria del referéndum ilegal del 1 de octubre y que deriva de la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes del procés en que se les condenó por sedición y también por malversación de fondos públicos. 
El Tribunal Supremo estableció, como marca la Ley, que fuera el Tribunal de Cuentas el que determine la cantidad concreta que deben devolver como consecuencia de esa malversación. En este caso, la liquidación provisional se realizó el 20 de enero de 2020 declarando un presunto alcance por importe total de 4,15 millones de euros. Esta cantidad fue avalada por la mencionada Caja de Solidaridad evitando así el embargo de los bienes de sus responsables.

La otra condena de Mas

Artur Mas ya ha sido condenado en firme por el Tribunal de Cuentas a un importe de 4,9 millones por el uso indebido de fondos públicos al hacer posible la celebración del referéndum del 9 de noviembre de 2014. En ese caso la instrucción en el Tribunal de Cuentas fue realizada por una funcionaria vinculada al PSOE, María de los Llanos Castellanos, actual Presidenta de Patrimonio Nacional por nombramiento de Pedro Sánchez. Tras esa instrucción se produjo el procedimiento jurisdiccional correspondiente en el Tribunal de Cuentas que dio lugar a la sentencia de primera instancia.
Esta sentencia condenando a Artur Mas y otras autoridades y funcionarios fue confirmada por la Sala del Tribunal de Cuentas en Sentencia 14/2019, de 27 de julio, que fue suscrita por los tres Consejeros que formaban parte la Sala de Enjuiciamiento, de los que dos, Felipe García Ortiz y María Antonia Lozano, fueron propuestos en su día para formar parte del Tribunal de Cuentas por el PSOE e IU, respectivamente.
Las Sentencias de la Sala del Tribunal de Cuentas son susceptibles de recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En este caso, mediante Auto de 17 de junio de 2021 el Supremo ha inadmitido los recursos de Mas y el resto de condenados porque, a su juicio, sus escritos carecen de la «fundamentación suficiente» y porque no han justificado el interés casacional, de manera que la Sentencia del Tribunal de Cuentas se convierte en firme. En este caso los 4,988 millones de euros fueron pagados por la Caja de Solidaridad por lo que se espera que la Hacienda catalana haya girado la oportuna liquidación del impuesto de donaciones correspondiente a los que han sido condenados al pago y han recibido dicha aportación de la caja.
Comentarios
tracking