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19 de abril de 2024

Operación Judas, entrada y registro de la Guardia Civil

«Operación Judas»: entrada y registro de la Guardia Civil

«Operación Judas»  El juez De Prada contradice a la Fiscalía y admite interrogar a los policías que detuvieron a los CDR terroristas

El magistrado de la Audiencia Nacional da la razón a las defensas de los investigados que pidieron la testifical de seis de los guardias civiles encargados de las pesquisas sobre los activistas catalanes

En contra del criterio de la Fiscalía. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional autoriza el interrogatorio de media docena de efectivos de la Guardia Civil tal y como solicitaron los procesados en la denominada «Operación Judas» por la que fueron detenidos, el 23 de septiembre de 2019, un mes antes de iniciarse las protestas contra la sentencia del «procés» dictada por el Tribunal Supremo, por su presunta pertenencia a organización terrorista. Fuentes próximas al Ministerio Público han apuntado a El Debate cómo en la resolución que ha admitido el recurso de apelación presentado por los abogados de varios de los implicados, miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) -el ponente, el magistrado José Ricardo de Prada- ha priorizado su derecho de defensa frente a la oposición del fiscal que consideraba innecesaria la práctica de dicha diligencia en la fase de instrucción en la que se encuentra la causa.
No en vano, la jurisprudencia mayoritaria y la tradición consolidada en la Audiencia Nacional coinciden en que, durante el tiempo en el que se prolonga la investigación sumarial, los atestados policiales, con valor de denuncia, son suficientes para documentar las actuaciones de los agentes que, por lo tanto, no tiene sentido que acudan a declarar en sede judicial.
Sin embargo, el juez De Prada ha considerado que en el caso concreto de los CDR el procedimiento que les afecta nació «sin un hecho delictivo concreto» y determinante, por lo que estima necesario que los guardias civiles amplíen el contexto y las circunstancias que motivaron las detenciones -y posteriores imputaciones- que mantienen a los trece activistas en prisión provisional. Y ello, pese a que en el momento de la intervención policial, entrada y registro de sus domicilios, a nueve de ellos se les incautaron «sustancias o aparatos explosivos e inflamables» compatibles con la fabricación de artefactos de «carácter terrorista» por las que se enfrentan a penas de entre 6 y 27 años de prisión.
En el auto de procesamiento, el juez instructor Manuel García-Castellón destacó cómo los acusados desbordaron la organización de los CDR hasta articular una estructura «terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares».
Entre los planes de los encausados, activistas del Equipo de Respuesta Táctica (ERT) -una presunta célula radicalizada dentro de los CDR- varias acciones más contundentes que las habituales protestas: el asalto a la sede del Parlament o el ataque a la propia Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El precedente: las escuchas telefónicas

No es la primera ocasión en la que la Audiencia Nacional compra las pretensiones de los CDR vinculados a la «Operación Judas». A comienzos de este mismo año, la Sala de lo Penal ya rectificó al juez García-Castellón para que entregase a los procesados las órdenes por las que autorizó las escuchas telefónicas, así como los audios originales resultantes de las mismas.
En un auto fechado el 10 de enero, la Sala de lo Penal ya acordó acceder a parte de las pretensiones de dos de los trece CDR -Jordi Ros y Queralt Casoliva- al entender que era «legítimo» que quisieran conocer el alcance del material policial, como parte del ejercicio de su derecho de defensa, en igualdad de armas. El instructor había descartado la posibilidad por falta de motivación sobre la «finalidad» de las mismas, así como el hecho de que la pieza central de la causa que pesa sobre ellos -por la que están a un paso del banquillo- aún se estaba investigando.

La táctica de la impugnación constante

Por su parte, los abogados de Alerta Solidària que defienden a los trece procesados han seguido, desde el inicio de la causa, una táctica común que pasa por la impugnación constante de todas y cada una de las resoluciones judiciales en el marco de la instrucción. Para los letrados, la investigación de los trece detenidos derivó de una «causa secreta», entorno a 2017, a la que no habían tenido acceso hasta que decidieron presentar recursos.
Así lo defendía públicamente el portavoz legal del colectivo, Jordi Busquets, quien además representa a varios de los CDR: «Se ha hecho una instrucción con pruebas que no han sido vistas por las defensas. Esto genera indefensión porque no tenemos el total de la prueba existente contra ellos». Y añadía que, en el trámite de las pesquisas, se habían ido encontrando poco a poco «sorpresas» que dejaban al margen a los abogados defensores.
Para Busquets los indicios criminales descrtios por los agentes, y reflejados en los atestados, habrían derivado de las «elucubraciones de la Guardia Civil» y de «hechos inconexos» que quedaron reflejados en los propios informes policiales. «El juez de la Audiencia Nacional ha copiado lo que decía el fiscal, que a su vez copiaba e incluso con faltas de ortografía los atestados de la Guardia Civil, que están hechos basados en fabulaciones», denunciaba el abogado catalán, tras conocerse el auto de procesamiento de sus clientes.
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