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19 de abril de 2024

Raúl Morodo, exembajador de España en Venezuela con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero

Raúl Morodo, exembajador de España en Venezuela con el Gobierno de José Luis Rodríguez ZapateroEuropa Press

Audiencia Nacional

El juez rechaza abrir una pieza separada para investigar el origen de las pruebas que vinculan al exembajador Morodo con PDVSA

Las defensas de Raúl Morodo y su hijo Alejo solicitaron al magistrado instructor que aclarase la procedencia de los documentos de la UDEF que conectarían al clan con la petrolera venezolana

No habrá pieza separada de la causa principal en el denominado 'caso Morodo' que el juez Alejandro Abascal sigue contra el que fuera embajador de Venezuela durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, Raúl Morodo, y su familia, en la Audiencia Nacional. El exdiplomático y su hijo Alejo habían solicitado al magistrado que iniciase una serie de diligencias de investigación independientes de la rama principal de la causa, a raíz de la declaración como testigo prestada por Nervis Villalobos –exviceministro de Energía de Hugo Chávez, entre 2004 y 2006– ante el magistrado. Éste aseguró que no conocía al clan español hasta que la Policía se puso en contacto con él para pedirle ayuda en el marco de las pesquisas que se siguen contra Morodo y su círculo más cercano e identificar a los presuntos implicados en las presuntas comisiones pagadas a éstos por la petrolera venezolana PDVSA, entre 2004 y 2007, y por los que, supuestamente, ingresaron más de cuatro millones y medio de euros.
El detonante de la solicitud fue un contrato de los Morodo con PDVSA, que los agentes incautaron durante un registro practicado en casa del exdirigente chavista, en 2017, y que Villalobos aseguró que le había facilitado la propia Policía, señalando de forma explícita al comisario Bonifacio Díez Sevillano. Dicha afirmación provocó que los abogados de padre e hijo, imputados en la causa, solicitasen el pasado mes de abril al magistrado Abascal la apertura de una nueva pieza. Los letrados instaban así al juez a averiguar el origen de dicho documento -y de otras pruebas requisadas de manera «casual» en el domicilio del político venezolano, que fueron utilizadas por el Grupo XXIII de la Brigada Central de Investigación de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción de la UDEF en los informes que originaron las pesquisas penales- que conecta los negocios de los Morodo con Venezuela.
Sin embargo, según ha podido saber El Debate, el titular del Juzgado de Instrucción Central número 1 de la Audiencia Nacional ha rechazado la necesidad de esclarecer si la información contenida en los informes de la UDEF, que cercan al clan del exembajador español, fue extraída de documentos obtenidos de forma ilícita o al margen del control judicial o fiscal de las actuaciones policiales.

Fiscalía y Abogacía también se oponen

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, consultadas por el juez Alejandro Abascal antes de dictar la resolución negativa que ya ha sido notificada a las partes, se opusieron a la formación de esta pieza separada de la causa principal. De acuerdo con el informe negativo de la fiscal Ana Cuenca asignada al caso, al que ha tenido acceso El Debate, no procede indagar, como pedían los Morodo, sobre las fuentes de prueba policiales que han llevado a la Justicia a cercar los negocios y los presuntos pagos emitidos por el régimen chavista a favor de la familia del diplómatico.
Las supuestas comisiones irregulares que vinculan al exembajador español en Caracas y su entorno más directo con el chavismo se abonaron, según las conclusiones de la UDEF, a través de distintas transferencias realizadas desde la empresa pública de Petróleos de Venezuela SA (PDVSA) a las entidades Aequitas Abogados y Consultores Asociados SL y Furnival Barrister Corp SA, propiedad del exembajador español en Caracas.
El Ministerio Público, en su tesis, descartó de lleno la existencia de duda alguna sobre la licitud del origen de dichas pruebas de «inteligencia financiera» reflejadas por los efectivos de la UDEF en dos de sus informes. Entre ellas, los movimientos bancarios detallados de las cuentas concretas analizadas por los efectivos policiales entre febrero de 2012 y febrero de 2015 pero, también, los perfiles biográficos de más de medio centenar de personas relacionadas con el partido político Podemos que se localizaron en un ordenador encontrado en el mismo registro de la vivienda de Nervis Villalobos.
Para la fiscal Cuenca, las afirmaciones vertidas por los dos solicitantes -Raúl Morodo y su hijo Alejo- en relación con la vulneración del derecho a la intimidad de ambos, derivada de la relación de datos que la Policía incluyó en sus informes para la apertura de la investigación judicial, no encuentran sustento legal alguno. El resultado de un «hallazgo casual» durante la entrada y registro practicados en el transcurso de las diligencias policiales que tuvieron lugar en el domicilio de Villalobos son motivo suficiente para justificar el uso de los documentos acreditativos de los hechos investigados en esta causa.
Una causa en la que la UDEF está legitimada para usar las pruebas requisadas, así como la información financiera facilitada por el SEPBLAC previo trabajo de inteligencia a la que, por su carácter confidencial, la ley otorga protección y anonimato en cuanto a la difusión de la identidad de los funcionarios y autoridades que accedieron al contenido de las mismas.
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