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24 de abril de 2024

Fachada principal de la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)

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Tribunales

IBM condenada a indemnizar al ICAM con 5 millones de euros por incumplir un contrato tecnológico

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Madrid ha estimado parcialmente la petición del Colegio de la Abogacía contra el gigante informático

Una primera victoria judicial, dictada en primera instancia por el Juzgado número 13 de Madrid -procedimiento ordinario nº 970/2019- permitirá al Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) reclamar una indemnización por valor de 5 millones de euros en el marco del litigio que mantenía con la multinacional informática IBM por el frustrado proyecto tecnológico cuyo desarrollo e implementación le fue encomendado en su día y que resultó un absoluto fracaso.
La sentencia dictada por el tribunal madrileño ha condenado a IBM y a su filial VIEWNEXT al pago al ICAM de dos cantidades de 4.638.129 € y 452.691 €, respectivamente, por las prestaciones dadas en virtud de los contratos resueltos. Además ha fijado una cuantía adicional de 22.784 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios.
Asimismo, con estimación parcial de la reconvención formulada por VIEWNEXT e IBM, se condena al ICAM al abono de la suma de varias facturas pendientes por importe de 34.126,62 euros y 49.923,91 euros, frente a los 900.000 € reclamados por la empresa informática.

«Incumplimiento contractual esencial»

El magistrado al frente del caso, Ricardo Ruiz Sáenz, ha declarado de manera rotunda la existencia de un incumplimiento contractual esencial que facultaba al ICAM para resolver el contrato suscrito con IBM y su filial VIEWNEXT para la implantación de un proyecto tecnológico. Esto es, la reacción del ICAM fue ajustada a derecho.
«La Junta de Gobierno va a estudiar los distintos escenarios procesales que se abren a partir de ahora. Sin perjuicio de ello, extraemos una conclusión provisional satisfactoria, lo que supone un motivo de congratulación de todos los que formamos parte del Colegio. Se reestablece así, al menos en buena parte, la grave lesión patrimonial ocasionada por la empresa tecnológica tras su muy deficiente ejecución contractual», señalaba el decano José María Alonso en nombre de la Junta de Gobierno del ICAM, tras conocer una resolución contra la que cabe interponer recurso de apelación.
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