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Comercio

Consumo Responde explica las claves para la devolución y el desistimiento de los productos

Los establecimientos deciden si su política comercial contempla o no cambios y devoluciones, mientras que en el comercio online existe la posibilidad de desistir del contrato en un periodo de 14 días

Las compras masivas típicas de fechas señaladas, como las rebajas, Black Friday, Navidad, etcétera, pueden llevar aparejadas devoluciones y casos de desistimiento de la contratación efectuada.
En una nota, la Junta de Andalucía ha señalado que los establecimientos comerciales, con carácter general, no están obligados a aceptar el cambio o devolución de un producto, salvo que la persona consumidora detecte defectos o daños en el mismo. En este supuesto, el establecimiento no puede negarse al cambio de producto por otro de iguales o similares características, o a la devolución del importe pagado por el mismo.
Es esencial conocer si la opción de cambio o devolución está contemplada en la política comercial del establecimiento, de ahí que antes de adquirir un determinado producto, la persona consumidora deba informarse en el establecimiento sobre las políticas comerciales, donde se detallen aspectos como, por ejemplo, posibles cambios de talla, de color, etc., de una determinada prenda.
La política de cambios y devoluciones que establezca el comercio podría concretar detalles como: si se acepta la devolución del producto por el dinero pagado, o bien en vales o bonos; si existe algún plazo para efectuar el cambio o devolución; si el producto debe devolverse sin haberse desprecintado. Además, el establecimiento puede establecer excepciones en determinadas categorías de productos, como la ropa interior, las prendas de baño, productos de higiene, los CD de música, los DVD/Blu-Ray de películas, libros, etcétera.
En cualquier caso, para poder cambiar un producto es imprescindible disponer del tique o factura de compra, documento que debe conservarse en buenas condiciones. Se recomienda realizar una fotocopia o fotografía del documento para evitar problemas ante un posible deterioro del tique o factura.
Mientras que la devolución/cambio del producto (por el dinero pagado, por otro producto o por un vale) es una facilidad que algunos comercios ofrecen de manera voluntaria, en el caso de las compras realizadas a distancia (por internet, por teléfono o fuera del establecimiento mercantil), las personas consumidoras y usuarias gozan, salvo las excepciones establecidas por la Ley, del derecho de desistimiento.
En este sentido, Consumo Responde desaconseja realizar compras en empresas radicadas fuera de la Unión Europea, por lo que recuerda la conveniencia de realizar las compras en empresas radicadas en España o dentro de la Unión Europea, ya que, en caso contrario, las personas consumidoras se exponen a perder derechos como el mismo desistimiento, y otros como la reclamación o la garantía, y a costes adicionales por tasas de aduanas y el pago del IVA de importación.
La persona consumidora puede, con carácter general, desistir de un contrato celebrado a distancia o fuera del establecimiento durante un periodo de 14 días naturales, contados a partir de la celebración del contrato (si se trata de un contrato de servicios), o a partir del día que la persona consumidora adquiere la posesión material del producto solicitado (si es un contrato de venta). Ello se realizará sin necesidad de alegar motivo alguno, ni pudiéndose aplicar penalización alguna.
No obstante, el derecho de desistimiento presenta una serie de excepciones, de manera que no puede ser aplicado en determinados contratos.
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