Fachada de la sede del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local

Fachada de la sede del Instituto de Cooperación con la Hacienda LocalICHL

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La Cámara de Cuentas cuestiona a la Diputación

Cuestiona el encaje legal de los convenios suscritos por la institución provincial con los ayuntamientos de la provincia para gestionar el cobro de los tributos

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido un informe, relativo a la actividad recaudatoria durante el ejercicio de 2020 del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local (ICHL) de la Diputación de Córdoba, en el que cuestiona el encaje legal de los convenios suscritos por la institución provincial con los ayuntamientos de la provincia para gestionar el cobro de los tributos municipales, mientras que la Diputación ha presentado «alegaciones» a dicho informe, confirmando el amparo normativo de dichos convenios.
En concreto y según ha informado la Cámara de Cuentas en una nota, se ha realizado una auditoria del ICHL «con el objetivo de obtener evidencia adecuada, suficiente y pertinente para emitir una opinión sobre si la gestión recaudatoria llevada a cabo durante el ejercicio 2020 cumple en todos sus aspectos significativos con la normativa que le es de aplicación», concluyendo que «la gestión recaudatoria del ICHL del ejercicio 2020 resulta conforme con la normativa que le es de aplicación, excepto por un conjunto de salvedades».
La primera se refiere a que, «de los 83 convenios acordados» con ayuntamientos y otras entidades y organismos de la provincia para que el ICHL gestione su recaudación tributaria, «72 fueron suscritos con carácter indefinido con anterioridad a la entrada en vigor» de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Lrjsp), que establece una duración temporal concreta para este tipo de convenios «y, por tanto, su vigencia finalizó el 2 de octubre de 2020».
A juicio de la Cámara de Cuentas, «desde la citada fecha el ICHL ha venido prestando el servicio de recaudación a estas entidades públicas sin contar con cobertura legal alguna, lo que supone el incumplimiento del principio de legalidad consagrado en el artículo 103 de la Constitución, y esta situación se mantiene hasta la fecha de realización de los trabajos de campo», opinando la Cámara de Cuentas que «la falta de adecuación de los convenios» a dicha Ley «podría afectar al ejercicio de las competencias en materia tributaria que tiene atribuidas el ICHL, y cuya titularidad corresponde a las corporaciones locales».
Por otro lado, la Cámara de Cuentas señala en su informe que «la relación de puestos de trabajo (RPT) y la plantilla del ICHL responde a una situación heredada de los orígenes de creación de este organismo autónomo y es discordante con el carácter administrativo y público que, como organismo autónomo, posee el Instituto», teniendo en cuenta que «la recaudación de fondos públicos y la gestión de tributos suponen el ejercicio de manera directa o indirecta de potestades públicas, integradas en la esfera administrativa reservada a funcionarios públicos».

Respuesta de la Diputación

Ante dicho informe, fuentes del ICHL han precisado a Europa Press que se han presentado «alegaciones» al mismo, partiendo de la base de que «lo que plantea» la Cámara de Cuentas de Andalucía «son recomendaciones», entre las cuales hay algunas «que tienen fundamento», mientras que otras, a su juicio, «no lo tienen».

Así, en cuanto al «personal del ICHL que no tiene capacidad recaudatoria», eso es algo que en el organismo autónomo de la Diputación tienen «asumido y aceptado», teniendo claro que es preciso «ir a la conversión en personal funcionario», algo que está «pendiente» de llevar a cabo.

Sin embargo, respecto a la duración de los convenios que facultan al ICHL para gestionar la recaudación de los tributos municipales de los ayuntamientos de la provincia, las mismas fuentes han aclarado que, según han señalado «los Servicios Jurídicos» del ICHL la legislación a la que alude la Cámara de Cuentas «no es de aplicación en este tipo de convenios», dado que los mismos «no tienen límite temporal».

En cualquier caso, por parte de la institución provincial se verá la opción de «integrar» la normativa citada por la Cámara de Cuentas «en la Ordenanza Reguladora de la Delegación de las Competencias de la Diputación», ya que entienden en el ICHL que «es un problema de fondo y no de contenido».
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