Las Marcas de Restauración Moderna ya disponen de su primer convenio sectorial, que en la provincia de Córdoba afecta a unos 400 empleados.

Las Marcas de Restauración Moderna ya disponen de su primer convenio sectorial, que en la provincia de Córdoba afecta a unos 400 empleados.LVC

Regulación laboral

Unos 400 empleados de franquicias 'fast food' ya disponen de convenio sectorial

Se trata del primer acuerdo que incorpora una referencia explícita a la Ley de garantía integral de la libertad sexual.

Recientemente se ha publicado en el BOE el primer Convenio Sectorial de Marcas de Restauración Moderna que se firmó el pasado 29 de septiembre por parte de las organizaciones sindicales y Fetico y que afecta a más de 50.000 personas en toda España, alrededor de 400 de ellas en la provincia de Córdoba, de empresas o grupos de marcas comerciales de cadenas de restauración de gran implantación a nivel estatal -Burger King, Alsea, Rodilla, Tagliatella, KFC, Tacobell, Mc Donalds, Pansfood y Goiko, excluyendo aquellas ubicadas en entornos dedicados exclusivamente al transporte (aeropuertos y estaciones de ferrocarril)- y las que dedican su actividad a la hostelería tradicional, restauración social y catering y preparación de alimentos para reparto a domicilio.
Según ha hecho saber el Sindicato de Servicios de CCOO de Córdoba a través de un comunicado, el convenio es una oportunidad de organizar y construir un sector de restauración moderna, y con ello revertir la precariedad que sufren las trabajadoras y trabajadores, dignificando y homogeneizando las condiciones laborales en el conjunto del Estado, marcas y territorios al alza.

El convenio, de cerca

El convenio, que tendrá vigencia de 2022 a 2025, ha reducido las categorías salariales a cuatro grupos. El grupo IV (Operario de inicio) tiene como salario base anual en 2022 el SMI, mientras que el grupo III (Operario) percibirá desde el 1 de julio de este año 14.658 euros anuales de salario base, el grupo II (Encargado) 16.123 y el grupo I (Gerente) 17.736,18 euros de salario base anual. Estas cifras se mantendrán en 2023 y en 2024 y 2025 se incrementarán hasta alcanzar los 21.000 euros de salario base anual en el caso del grupo I, los 18.000 en el caso del grupo II y 16.000 para el grupo III mientras que el grupo IV se mantiene en el SMI establecido en cada momento. Las empresas tendrán que abonar los desajustes de salario desde el 1 de julio de 2022.
Además, el acuerdo establece una cláusula de revisión salarial y otra de mantenimiento de las condiciones más beneficiosas. Así, en caso de que el IPC real acumulado de los ejercicios 2023 y 2024 sea superior al incremento efectuado por el convenio colectivo en los niveles salariales para los ejercicios 2023 y 2024, se aplicará un incremento que será equivalente a medio punto porcentual por cada punto de diferencia entre el IPC real acumulado anterior y el incremento efectuado por el convenio colectivo en el periodo antes señalado, con el tope máximo de un 2 %.
También mejora el pago de la nocturnidad que será del 5% del salario fijo hora de 22.00 a 00.00 horas y al 25% de 00.01 a 06.00 horas. CCOO destaca que uno de los aspectos en los que más se avanza es en la organización de la jornada, que pasará de las 1.800 actuales a 1.792 horas anuales en 2025. El convenio obliga a planificar las jornadas con dos semanas de antelación en 2023, con tres semanas de antelación en 2024 y con un mes de antelación en 2025, mientras que las libranzas se planificarán con un mes de antelación con el objetivo de mejorar la conciliación de vida laboral y familiar.
El convenio también incorpora mejoras sociales como el pago del 100% de la base reguladora en las enfermedades oncológicas, por accidente de trabajo u operación el primer año, así como el pago del 100% en la primera baja del año.
Para CCOO resulta, además, especialmente destacable el desarrollo del capítulo de Igualdad, dentro del cual se ha incorporado una referencia explícita a la reciente Ley de garantía integral de la libertad sexual, y la obligación de las empresas en promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Se trata del primer convenio colectivo que hace esta referencia explícita tras la publicación de la Ley a primeros de septiembre.
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