Conviene saberlo
La carrocería de los coches se ha convertido en un lienzo en el que los propietarios se sienten libres para mostrar su personalidad con adhesivos de todo tipo.
Desde pegatinas de animales como peces o burros que en ocasiones tienen un significado que va más allá del que salta a la vista, hasta el Puente Romano de Cangas de Onís, el símbolo por excelencia de Asturias.
Así las cosas conviene saber que hace ya tiempo que la DGT tomó cartas en el asunto y reguló la utilización de pegatinas. Para empezar las pegatinas de la ITV o la de emisiones medioambientales del parabrisas tienen emplazamiento fijo, no pueden fijarse en cualquier sitio.
La de la ITV debe ir en el extremo superior derecho, mientras que la medioambiental va en el extremo inferior derecho. Tampoco está permitido acumular varias, sino que siempre que ponemos una hay que retirar la anterior.
Si alguna pegatina reduce la visibilidad del conductor, la multa puede ser de hasta 200 euros, en función de la valoración del agente.
En el caso de la carrocería, quedan absolutamente prohibidas las pegatinas reflectantes, pues por la noche podrían despistar o deslumbrar a algún conductor. El material reflectante queda reservado para las señales de tráfico o los chalecos de seguridad.
Tampoco está permitido el uso de pegatinas que pudieran estar relacionadas con la velocidad, de este modo un agente podría multarnos por usar dorsales similares a los de competición. Un concepto muy difícil de delimitar en algunos casos.
Así, esta prohibición podría afectar incluso a los nombres con el grupo sanguíneo en los cristales, un elemento habitual en las carreras.
Una vez más queda bajo la decisión el agente multar o no por este tipo de adhesivos que podrían incitar a la velocidad, la sanción sería considerada leve, sancionada con 100 euros.
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