El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, en una imagen de archivo en la Audiencia de SevillaMaría José López | Europa Press

Caso ERE

Griñán acude al forense que decide sobre su ingreso en prisión

El expresidente andaluz se entrevista con el facultativo, que no necesita de más pruebas diagnósticas para emitir el informe

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel por delitos de prevaricación y malversación en el caso ERE, ha acudido este martes a las dependencias del Instituto de Medicina Legal (IML) para entrevistarse con el forense que decide si el cáncer que padece le impide ingresar en prisión.
Griñán ha estado durante dos horas con los médicos del IML; sin embargo, no le han tomado muestras de sangre ni le han hecho ninguna otra prueba diagnóstica, según ha podido saber El Debate. Se trata de un trámite más, ya que el facultativo no necesita de más pruebas diagnósticas para elaborar el informe.
Tras esta entrevista, el forense emitirá el documento requerido por la Audiencia de Sevilla, que, como tribunal sentenciador, ha de decidir, por su parte, si suspende, o no, la ejecución de la pena privativa de libertad de Griñán, en función de si el cáncer de próstata que padece puede ser tratado, o no, en la cárcel.
No obstante, antes de tomar una decisión, la Audiencia pedirá a la Fiscalía y al resto de las partes personadas en el procedimiento —la Abogacía del Estado y la acusación popular que ejerce el PP andaluz— que se pronuncien acerca del contenido del informe.
Mientras tanto, el resto de los condenados por los ERE, a excepción de José Antonio Griñán y del exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, ya se encuentran entre rejas, dado que el plazo que les había dado la Audiencia para ingresar voluntariamente en prisión expiraba ayer lunes, 2 de enero, a las 23:59.

Requerimiento de ingreso en prisión

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó el pasado 22 de diciembre un auto en el que desestimaba los recursos de súplica presentados por ocho de los condenados a cárcel por el caso ERE contra la resolución en la que el tribunal denegó suspender las penas privativas de libertad mientras el Gobierno tramita los indultos, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales, que comenzaría a correr al día siguiente, ingresaran voluntariamente en un centro penitenciario.
En el mismo auto, contra el que no cabía recurso alguno, el tribunal desestimaba el recurso presentado por la defensa de Agustín Barberá, pero suspendía su entrada en la cárcel por enfermedad, en virtud del artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que «los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables».

La solicitud de Griñán

Del mismo modo, tras conocer la resolución de la Audiencia de Sevilla, José Antonio Griñán anunciaba que tenía cáncer de próstata. Así, su abogado, José María Calero, presentó el viernes 23 un escrito a fin de que se suspenda la ejecución de la pena de prisión impuesta a su cliente por el caso ERE con base en el referido artículo del Código Penal. Entonces, el tribunal dictaba una providencia en la que acordaba que un forense informe sobre si el ingreso en prisión de Griñán puede tener incidencia en el desarrollo de su enfermedad o en el tratamiento médico que necesita.
Este pasado jueves, la defensa de Griñán presentó otro escrito reiterando la petición de suspensión de la pena de cárcel en el que alega nuevos documentos que vendrían a confirmar el «alto riesgo» del cáncer de próstata que padece su representado, a la espera del informe del forense del Instituto de Medicina Legal.
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