Portal de un piso turístico en MadridEuropa Press

El afectado vivía en Canarias

Una comunidad embarga dos veces a un vecino en Málaga que no tenía propiedad: «Es kafkiano»

La Audiencia Provincial de Málaga reconoce daños morales de 9.000 euros por el calvario que sufrió el afectado, que vivía en Tenerife y no tenía relación alguna con la deuda. El error se corrigió en 2019, pero la comunidad volvió a demandar contra él en 2022

Hay errores que se repiten y terminan siendo muy costosos. La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una comunidad de propietarios en Estepona a indemnizar a un hombre con 9.911,62 euros después de que embargaran sus bienes dos veces por una deuda que no era suya. La Sección Sexta, emitida el 19 de febrero de 2026, revoca la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Estepona que rechazó la reclamación de la parte perjudicada e impone a los propietarios los intereses y costas de la primera instancia, según publica Diario Sur.

La historia de este hombre comenzó en 2019 cuando una comunidad de propietarios pensó que él era el heredero de un vecino fallecido y le reclamaron una deuda de 3.280,21 euros. Vivía en Tenerife y no conocía al fallecido ni a sus hijos en absoluto. Ese primer error se corrigió en el mismo año, cuando la propia comunidad informó al tribunal que se habían equivocado. En marzo, se emitió una orden judicial y los propietarios no son considerados responsables de esa primera ejecución, que el Tribunal ha dicho es resultado de información errónea de terceros.

Pero nuevamente la pesadilla regresó. En noviembre de 2022, la comunidad presentó una nueva demanda de ejecución por cuotas impagadas y nuevamente, el nombre y DNI del mismo hombre. Reclamaron 6.121,41 euros de principal y otros 1.800 se presupuestaron para intereses y costas. El tribunal emitió una orden de ejecución en marzo de 2023 y el día 28, se retiraron 311,75 euros de su cuenta. Poco después, el banco le informó que tenía un descubierto de 196,73 euros y la Agencia Tributaria le informó que se habían deducido 29,13 euros de su declaración de la renta por deudas con el juzgado de Estepona. El propio tribunal ha definido la situación como «kafkiana».

Ansiedad y depresión

El impacto fue devastador para su salud. Acudió al Servicio Canario de Salud, estaba nervioso, tenía dificultad para concentrarse en el trabajo, dormía mal, tenía pesadillas y sentía ganas de llorar. Consultas posteriores confirmaron que se deterioraba en cualquier situación relacionada con el embargo, como recibir llamadas del banco o tener que explicar lo que le había sucedido. Tuvo ataques de pánico el pasado mayo y fue tratado con ansiolíticos y antidepresivos. En el informe del psicólogo, se señaló que lo más doloroso fue pasar por embargos por segunda vez que no le correspondían.

El Tribunal considera probado un «grave deterioro» de su salud mental y una situación que duró al menos 6 meses por la cual concede los 9.000 euros reclamados por daños morales. También reconoce los costos de un abogado y procurador. Dada la «situación kafkiana en la que el demandante se encontró involucrado por segunda vez en los juzgados de Estepona», no creen que la parte perjudicada estuviera obligada a recuperar los bienes embargados por sí misma. Del monto total, solo deducen la cantidad correspondiente al primer embargo, del cual no responsabilizan a los propietarios.