La mujer (d), en la Audiencia Provincial de PalmaJAVIER FERNÁNDEZ - EUROPA PRESS

Tribunales

Solo 22 meses de cárcel por dejar morir a su bebé recién nacida en un inodoro

La mujer, que desconocía que estaba embarazada, ha aceptado una condena por homicidio imprudente y evitará ingresar en prisión si no comete ningún delito durante los próximos tres años

La Audiencia Provincial ha condenado a un año y diez meses de prisión a una mujer por la muerte de su hija recién nacida, que falleció asfixiada en el interior de un inodoro el 10 de septiembre de 2024 en Mahón (Menorca). La madre, que desconocía que estaba embarazada y se encontraba en estado de shock tras dar a luz, llegó a tirar de la cadena mientras la pequeña permanecía en el váter.

La sentencia se ha dictado este jueves después de que la defensa de la acusada alcanzara un acuerdo con la Fiscalía, lo que ha permitido resolver el caso sin celebrar el juicio con jurado popular previsto inicialmente. La mujer ha reconocido los hechos y ha aceptado una condena por homicidio imprudente, después de que el Ministerio Fiscal solicitara en un principio ocho años de cárcel por un delito de asesinato. El tribunal ha tenido en cuenta la agravante de parentesco, por tratarse de la madre de la víctima, pero también ha aplicado la atenuante de alteración psíquica al considerar que la acusada sufrió un estado de shock durante el parto. La pena de prisión quedará suspendida, por lo que no tendrá que ingresar en la cárcel siempre que no cometa nuevos delitos durante los próximos tres años.

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 10 de septiembre de 2024. Según ha admitido la condenada, alrededor de las 5.00 horas comenzó a sufrir fuertes dolores abdominales y, aproximadamente cinco horas después, dio a luz en el baño a una niña que había alcanzado al menos las 37 semanas de gestación. La bebé nació con vida, pero falleció al quedar con la cabeza sumergida en el agua del inodoro. La causa de la muerte fue una asfixia por sumersión y aspiración de agua dulce, que le provocó una falta de oxígeno. Además, la recién nacida tenía la boca y la nariz obstruidas por las membranas ovulares que la recubrían tras el nacimiento. En esas circunstancias, y afectada por el estado de shock que sufrió después del alumbramiento, la madre accionó la cisterna del váter.

No sabía que estaba embarazada

Una de las particularidades del caso es que ni la acusada ni su pareja sabían que estaba embarazada. El parto se produjo, por tanto, de manera inesperada y sin asistencia sanitaria. La única persona que trató de ayudarla fue su novio, que acudió a una farmacia y telefoneó en varias ocasiones a los servicios de emergencias, aunque no llegó a comunicar que se estaba produciendo un parto.

La niña era fruto de una relación anterior de la condenada. El padre biológico, que ya no mantenía contacto con la mujer, no ha formulado ninguna reclamación por la muerte de su hija.