Pollán y Carlos Meléndez, a la izquierda de la imagen

Pollán y Carlos Meléndez, a la izquierda de la imagenRubén Cacho

Vox denuncia ante Deportes que el Athletic Club incluye territorio de Castilla y León en su nueva camiseta

Carlos Pollán ha enviado un escrito que puede leer íntegro a continuación al Consejo Superior de Deportes en el que denuncia y solicita la urgente intervención de este organismo

El portavoz del Grupo Parlamentario Vox en las Cortes de Castilla y León, Carlos Pollán, ha enviado en el día de hoy un escrito al Consejo Superior de Deportes en el que denuncia y solicita la urgente intervención de este organismo, en su condición de máximo órgano de la Administración General de Estado en materia deportiva, para que requiera al Athletic Club la inmediata retirada o modificación de su nueva equipación en la que incluye a Treviño en un mapa del País Vasco.

En efecto, con fecha del 20 de 2026, el Athletic Club presentó de forma oficial su primera equipación para la temporada 2026/27 bajo el lema «Gure Nortasuna». Dicha camiseta incorpora un diseño de siete franjas (reivindicando las supuestas «siete provincias de Euskal Herria») y, de manera destacada en la parte superior de la espalda, un mapa que engloba de forma unilateral y con clara intencionalidad política territorios de la Comunidad de Castilla y León (Enclave de Treviño) y de otras comunidades autónomas españolas, como Cantabria ya Comunidad Foral de Navarra, todo ello bajo la cobertura de la bandera oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Ikurriña).

Para Vox, esta indumentaria tiene una indiscutible connotación político-territorial que excede por completo los fines deportivos de un club de fútbol, configurando una explícita proclama de carácter político que colisiona gravemente el marco constitucional, suponiendo un desprecio hacía las instituciones de Castilla y León, Navarra y Cantabria, donde se pretende usar la actividad deportiva como un instrumento de confrontación territorial en un deporte de masas.

La pretensión de utilizar dicho equipamiento en competiciones deportivas oficiales colisiona con el artículo 2 de la Constitución Española, Estatutos de Autonomía de Navarra, y Cantabria y en especial con el art. 2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León que afirma que el territorio de la Comunidad de Castilla y León comprende el de los municipios integrados en las actuales provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. Al ser el Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón municipios de la provincia de Burgos, quedan jurídicamente incluidos dentro de Castilla y León.

Imagen trasera de la camiseta del Athletic, con el mapa de Euskal Herria

Imagen trasera de la camiseta del Athletic, con el mapa de Euskal HerriaAthletic Club

Por lo tanto, los símbolos utilizados en la citada indumentaria incumplen las directrices de la IFAB (Regla 4), que establece que equipamiento deportivo no debe contener eslóganes, mensajes o imágenes de carácter político, religioso o personal. La pretensión de usar tal equipamiento que alude a una reivindicación territorial de un constructo denominado Euskal Herria también vulnera la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte que impone a todos los agentes deportivos el deber de actuar bajo principios de respeto mutuo y proscribe la utilización del deporte para fines ajenos a su naturaleza. En su art. 3 h) se establece como fin «la prevención, control y erradicación de cualquier clase de violencia, el racismo, la xenofobia, la intolerancia en el deporte, así como la discriminación y la incitación al odio por razón de sexo, edad, discapacidad, salud, orientación o identidad sexual, expresión de género, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Puedes descargar el pdf desde aquí: Denuncia de Carlos Pollán ante el CSD

De este modo, la utilización de una camiseta de fútbol como soporte de propaganda político-territorial rompe unilateralmente con los principios generales de la actividad deportiva reglada por los principios de neutralidad y respeto. De esta manera su art. 4.3 la Ley del Deporte establece que «específicamente, las Administraciones Públicas competentes velarán por que la indumentaria deportiva no perpetúe o reproduzca estereotipos sexistas o de cualquier otra naturaleza».

Por todo lo anteriormente expuesto, y ante la inminencia de la celebración del encuentro deportivo fijado para el sábado 23 de mayo de 2026, en la que se pretende utilizar esta indumentaria, Pollán solicita al CSD «que tenga por presentada esta denuncia junto con sus documentos adjuntos, la admita a trámite y, en el ejercicio de las competencias que le asigna la Ley 39/2022 del Deporte y la Ley 19/2007, proceda de forma urgente e inmediata».

También «que requiera al Athletic Club para que proceda a la retirada inmediata de la indumentaria denominada 'Gure Nortasuna' o, en su defecto, a la eliminación total y sustancial de los elementos controvertidos (el mapa de la supuesta Euskal Herria y las alusiones político-territoriales que pretenden la anexión de territorios pertenecientes a otras comunidades autónomas ajenas al País Vasco ) antes de disputar cualquier partido de competición oficial».

Por último, Pollán exige «que, de igual modo, inste a la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LaLiga) y a la RFEF a ejercer sus facultades supervisoras y disciplinarias para prohibir de forma expresa el uso de dicha equipación en el partido de la jornada 38 frente al Real Madrid CF, garantizando así el escrupuloso cumplimiento del principio de neutralidad política en el deporte español».

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