La Audiencia Provincial de Valladolid, en una imagen de recurso

La Audiencia Provincial de Valladolid, en una imagen de recursoWikipedia

Condenan a tres años de cárcel a un hombre que agredió sexualmente a su pareja «por celos» en Valladolid

El hombre regresó a casa de un karaoke e inició una fuerte discusión con la mujer, a la que recriminó que no le hubiera contado todo lo sucedido con un compañero de trabajo

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a tres años de prisión a un hombre como autor responsable de un delito de agresión sexual a su pareja sentimental, a la que agredió con «ánimo libidinoso y de celos» después de que el condenado regresase de estar en un karaoke junto a su hermano y la pareja de éste.

Según los hechos probados, el 20 de noviembre de 20203, cuando el hombre regresó a casa inició una fuerte discusión con su pareja, a la que recriminó que no le hubiera contado todo lo sucedido con un compañero de trabajo, momento en el que el hijo de ambos, de cinco meses, se despertó llorando por lo que mujer acudió a la cocina para darle un biberón.

Cuando la mujer volvió a la habitación con el biberón, el condenado, que estaba desnudo de cintura para abajo, la tiró sobre la cama, se colocó encima y la inmovilizó al sujetarle por el cuello con una mano mientras se masturbaba con la otra al tiempo que le decía: «Chúpamela zorra», tras lo que eyaculó en la cara de su pareja.

Como consecuencia de estos hechos, la mujer presentaba, desde el punto de vista psicológico, un trastorno de estrés postraumático, desajustes cognitivos y emocionales, pobre autoconcepto, baja autoestima, alto deterioro en las esferas de su vida sentimental y de pareja, vida social, laboral, sexual, salud física y estado psicológico trastorno depresivo mayor, compatible con la violencia vivida.

Insultos por WhatsApp

Además, el ahora condenado, con ánimo de faltar el respeto a su compañera sentimental le envió numerosos whatsapps, en los que le decía: «Tienes muxa experiencia en puterío», «No me cerras la puerta de atrás ni ami jajajaja cuando te e dado x culo como cual perra ahí sumisita», entre otros insultos. Aunque no se ha podido acreditar que los mensajes se remitieran el año anterior a la presentación de la denuncia.

El tribunal ha resuelto en su sentencia imponer al procesado la pena privativa de libertad, además de la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio y a su lugar de estudio o trabajo a una distancia inferior a 300 metros durante un tiempo superior en un año al de la condena fijada.

Asimismo, la resolución ha fijado la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante ese mismo periodo de tiempo, una medida de libertad vigilada de seis años tras la salida de prisión y cinco años de inhabilitación para ejercer profesiones u oficios que conlleven contacto directo con menores.

Asimismo, el hombre deberá indemnizar a la víctima en la suma de 6.000 euros en concepto de daños morales, a los que se suman los intereses legales correspondientes.

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