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06 de mayo de 2024

El presidente de la Generalidad de Cataluña en funciones y dirigente de ERC, Pere Aragonès

El presidente de la Generalidad de Cataluña y dirigente de ERC, Pere AragonèsEFE

Cataluña

Juristas creen que la propuesta de Aragonès es un juego de «trileros» y «tergiversa» el lenguaje jurídico

  • Consideran que el informe en el que se basa la propuesta parte de «premisas falsas» con relación al derecho a la secesión o autodeterminación

  • Dejan claro que la Constitución solo permite un referéndum consultivo y para todo el Estado

Un juego de «trileros», una «tergiversación» de las instituciones jurídicas o una «perversión» del lenguaje. Así se han referido algunos juristas consultados por El Debate, entre ellos la catedrática de Derecho Constitucional de la UAB, Teresa Freixas, al informe que ha elaborado el Instituto de Estudios del Autogobierno de la Generalitat (IEA). Informe que sirve de base al presidente catalán, Pere Aragonès, para lanzar su propuesta de referéndum acordado con el Estado, y que, según su opinión, tiene «encaje legal».
Sin embargo, para estos juristas, el estudio ya parte de una premisa «falsa», y es que existe el derecho a la secesión de Cataluña, aunque no lo demuestra. Y a partir de aquí, aseguran, «intentan vestirlo» comparando con los procesos de otros países, «los que les interesa». De hecho, la catedrática Teresa Freixas, destaca que en este punto no se menciona a Canadá porque, además de usar mayorías reforzadas para tomar la decisión, también se da la potestad a que los territorios de Quebec que han votado en contra de la independencia, no se desvinculen de Canadá.
Por este motivo, asegura, miran a Escocia, pero tampoco tiene que ser un ejemplo para Cataluña. Freixas recuerda que el Reino Unido se creó a partir de la unión de diferentes reinos, y en el acuerdo de la Unión, «ya está la cláusula de que se pueden separar». No es el caso de la Constitución española, insiste, en la que no existe el derecho de secesión, como tampoco está recogido en ningún estado de la UE.
Y por este mismo motivo, porque usan los ejemplos a «conveniencia», no se mencionan los casos de Kosovo, Eslovenia o las repúblicas bálticas, porque en estos países, la Constitución del «estado madre», es decir, de la URSS y de la antigua Yugoslavia, ya preveía que las repúblicas pudieran ejercer el derecho de secesión. «Es que son unos trileros», sentencia Teresa Freixas.
Y lo mismo pasa con el concepto de autodeterminación. La catedrática explica que se «juega de una forma ambivalente» con ambos términos, autodeterminación y secesión, para «ver por dónde lo podemos colar». Pero recuerda que también está regulada por el derecho internacional, por las Naciones Unidas, para las colonias. «Una de las cosas que dice es que no tiene que haber continuidad territorial. Entonces, ¿Cataluña es una colonia? No sé como no les da vergüenza. A mí como catalana me insulta cuando me consideran miembro de una colonia. ¿Pero esto qué es?», denuncia Teresa Freixas.

Encaje imposible

Partiendo de la base que esas premisas son falsas, los juristas dudan también del encaje de ese referéndum en algunas de las tres vías que ha puesto sobre la mesa el Instituto de Estudios del Autogobierno para que se pueda celebrar en Cataluña, y que sea legal.
Sobre el artículo 92 de la Constitución, que el presidente de la Generalitat considera la vía «prioritaria», recuerdan que solo permite la celebración de referéndums consultivos y en todo el territorio nacional. Por lo tanto, de entrada, no sería posible hacer una consulta solo en Cataluña. Además, este artículo en cuestión habla de cuestiones de interés general y «la independencia de Cataluña no es una cosa que interese solo a los catalanes. Es que interesa a todos los españoles, y si me apuras a todos los europeos», ha dicho Freixas.
De ahí que considere que el informe es una «pura tergiversación de las instituciones jurídicas, no de los órganos, sino de conceptos, de hablar de autodeterminación, de la secesión, todo está pervertido. Hacen una perversión del lenguaje jurídico para intentar justificar lo que ellos quieren», apunta la catedrática de Derecho Constitucional.
Además, añade, todo el texto es «un sí, pero no», y pone como ejemplo, que se reconoce que el Tribunal Constitucional no permitiría un referéndum de este tipo para una CCAA y sobre ese tema, pero entonces, dan como explicación «que es una 'interpretación restrictiva' y que hay juristas que consideran que tendría que ser extensiva. Esto no tiene consistencia jurídica alguna».
Pero es que el informe también reconoce, para superar los diferentes obstáculos, que el resultado del referéndum no sería de aplicación inmediata, sino que abriría «las puertas» para una «negociación de buena fe». Para Freixas, «buscan todas las posibilidades que se puedan inventar y más, pero no tiene sentido. Están planteando un referéndum para comenzar a pensar a ver si sería posible empezar a negociar. Habría que ser más serios».
La propuesta del IEA también contempla otras vías para amparar la celebración de un referéndum, como la delegación de competencias a la comunidad autónoma, en este caso Cataluña, por la vía del 150.2. Teresa Freixas también es rotunda: «eso no se puede hacer, porque la materia en cuestión, tiene que ser de naturaleza delegable, y eso no lo es. Un Estado no puede delegar en un territorio que él solito decida qué quiere hacer».
Y sobre la reforma de la Ley Orgánica de Referéndums, la jurista asegura que se puede reformar todo lo que quieran, «pero no se puede superar el marco constitucional». A partir de ahí, y si la Carta Magna prevé la celebración de un referéndum consultivo para todo el Estado, «lo que no puede hacer la ley orgánica que desarrollaría este artículo es que diga: mire, saben qué, haremos referéndums de interés autonómico. La Constitución no lo prevé». Y también desmonta otro de los mantras que recoge el informe, y que se repite en varias ocasiones: «no es verdad que todo que lo que la Constitución no prohíbe no se puede hacer. Esto es imposible».
Teniendo en cuenta estas consideraciones, un referéndum de independencia para Cataluña, tendría un difícil, por no decir imposible, encaje constitucional. Pero aun así, ¿sería posible que se acabara celebrando? Es decir, ¿sería posible que el Gobierno lo autorizara? Freixas se moja y asegura que, con el actual ejecutivo, no acaba de fiarse, porque tampoco era posible la amnistía y han hecho todo lo que han tenido a su alcance para aprobarla.
Pero no solo eso: «sabemos que están negociando en países, y que no son de la UE, el poder hacer un referéndum o una DUI. Una cosa la negocian con ERC y la otra con Junts. Y en cualquier momento, como dice Sánchez, haremos de la necesidad virtud y cambiaremos de opinión», precisa Freixas. No hay que perder de vista que el Gobierno depende del voto de los separatistas catalanes, de los siete votos de ERC y de los siete de Junts. Y su continuidad dependerá, no solo de que Pedro Sánchez acepte sus demandas, sino también ahora de la correlación de fuerzas que pueda salir tras las elecciones catalanas del 12 de mayo.
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