El exconsejero de Interior de la Generalitat de Cataluña Miquel Buch a su llegada a un juicio en la Audiencia de Barcelona, acompañado de su mujer
28/6/2023

El exconsejero de Interior de la Generalitat Miquel Buch, a su llegada a un juicio en la Audiencia de Barcelona, acompañado de su mujerEuropa Press

Ley de Amnistía

El Tribunal Superior de Cataluña amnistía al exconsejero Buch y al escolta de Puigdemont

Fue condenado a cuatro años y medio de prisión por contratar como asesor de su departamento a un mosso para proteger al expresidente

Miquel Buch, exconsejero de Interior de la Generalitat, y Lluís Escolà, escolta del expresidente Carles Puigdemont, se han convertido en los dos primeros beneficiados en firme por la ley de amnistía en Cataluña.

Este martes, la sección de apelación de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) los ha amnistiado a los dos, en lo que supone la primera aplicación de la nueva norma para condenados por actos vinculados al procés.

Así, el TSJC ha declarado la extinción de la responsabilidad penal de Buch y Escolà «al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal en la instancia». La Sala de apelaciones se ha reunido este martes para resolver las posibles amnistías de ocho condenas pendiente de recurso.

En el caso del exconsejero, la Sala declara la extinción de su responsabilidad penal y de la responsabilidad civil derivada de sus actos, que quedan anuladas, y ha declarado de oficio las costas procesales. Además, la sentencia asegura que «de igual modo se cancelarán cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales, se hayan llevado a cabo exclusivamente en virtud de los actos expresamente amnistiados».

Ambos condenados

El exconsejero fue condenado por la Audiencia de Barcelona a cuatro años y medio de prisión y 20 de inhabilitación por delitos de malversación y prevaricación, al haber designado a Escolà, mosso d’Esquadra, como cargo de confianza para que siguiera ejerciendo de escolta del expresidente Puigdemont en el extranjero tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

A Escolà, por su parte, se le fijaba una inhabilitación de 10 años por un delito de malversación, además de los cuatro años de cárcel. También fue condenado como cooperador necesario del delito de prevaricación: la sentencia establecía una condena de nueve años de inhabilitación.

El exmosso fue una de las personas que ayudó a Puigdemont a huir de España. Durante los 224 días que fue asesor de la consejería de Interior, el exagente de la policía catalana cobró 52.712 euros: cantidad que entre ambos debían indemnizar a la Generalitat.

En la sentencia, los jueces consideraron probado que Escolà acompañó a Puigdemont hasta Bélgica y que encadenó bajas médicas, vacaciones y libranzas para escoltar al expresidente en su tiempo libre. En julio de 2018, Escolà fue nombrado asesor de Buch, y la sentencia afirmaba que ambos eran «conscientes de que dicho nombramiento no tenía objeto real, sino dar cobertura remuneratoria a la función de protección personal y de seguridad» para el expresidente.

En el juicio, celebrado en julio, la Fiscalía pidió una condena de seis años de prisión y 27 de inhabilitación para Buch y cuatro años y medio de cárcel y 23 de inhabilitación para Escolà, aunque las defensas reclamaron la absolución.

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