Exterior del ayuntamiento de Santa Coloma de Farners (Gerona)Ayuntamiento

Cataluña

Impugnan el reglamento de un ayuntamiento catalán que trata el español «como una lengua extranjera»

Convivencia Cívica Catalana advierte de que llevará el reglamento al TSJC si no se rectifica el texto

Convivencia Cívica Catalana (CCC) ha presentado alegaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del Reglamento de Uso del Catalán del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners (Gerona), al considerar que el texto establece un modelo lingüístico que convierte el castellano en una lengua de uso excepcional y condicionada dentro de la administración municipal.

Según la entidad, el reglamento fija el catalán como idioma obligatorio por defecto en la relación entre el consistorio y la ciudadanía, obligando a los vecinos a solicitar expresamente el uso del castellano. A juicio de CCC, este planteamiento vulnera el principio de cooficialidad lingüística y sitúa al castellano, que también es lengua oficial, en una posición subordinada.

La organización advierte de que, si el texto se mantiene en los términos actuales, interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Atención al ciudadano siempre en catalán

Uno de los puntos más controvertidos, según CCC, es el artículo 7 del reglamento, que establece que el personal municipal debe dirigirse al ciudadano en catalán como norma general, con independencia de la lengua utilizada por el administrado. La entidad subraya que no se trata de una recomendación, sino de una obligación normativa.

En la práctica, señalan, el catalán se convierte en la lengua inicial y marco de cualquier interacción con el Ayuntamiento, mientras que el uso del castellano queda supeditado a que el ciudadano solicite un cambio de idioma. Para Convivencia Cívica, esto transforma el ejercicio de un derecho lingüístico en una carga para el administrado.

El artículo 4 refuerza este esquema al imponer el uso del catalán en la tramitación de expedientes, documentos, comunicaciones y notificaciones administrativas. El castellano, según la asociación, queda relegado a un uso condicionado, cuando lo constitucionalmente exigible sería que la Administración utilizara desde el inicio la lengua oficial empleada por el ciudadano, sin formalismos ni solicitudes adicionales.

CCC sostiene que el reglamento trata el castellano «como si fuera una lengua extranjera», al no integrarlo en el funcionamiento normal de la administración municipal.

Obligaciones lingüísticas en la contratación pública

La entidad también cuestiona el artículo 25, que extiende las exigencias lingüísticas al ámbito privado. Este precepto obliga a contratistas y subcontratistas del Ayuntamiento a utilizar el catalán en proyectos, informes, documentación comercial, facturas, rótulos y atención al público, e introduce además criterios de priorización de productos etiquetados en catalán.

Según CCC, esta utilización de la contratación pública como instrumento de política lingüística es ajena al objeto de los contratos y contraria a los principios de igualdad, libertad de empresa y neutralidad administrativa.

En palabras del presidente de Convivencia Cívica Catalana, Ángel Escolano, «un vecino no tiene que pedir permiso para usar una lengua oficial: basta con usarla». A su juicio, cuando una administración obliga a solicitar expresamente el ejercicio de un derecho, «deja de servir al ciudadano y pasa a disciplinarlo».

La asociación solicita la modificación de los artículos que considera más lesivos para reconocer expresamente el uso normal del castellano junto al catalán, sin condiciones ni cargas procedimentales.

CCC recuerda que ya ha recurrido ante el TSJC los reglamentos lingüísticos de los ayuntamientos de Vidreres (Gerona) y Argentona (Barcelona), y que también ha presentado alegaciones contra el de Tiana (Barcelona). En este contexto, anuncia que emprenderá acciones contra todos aquellos municipios que aprueben normativas que, a su juicio, releguen el castellano o impongan un régimen lingüístico excluyente.