Imagen de personal del juzgado y de Guardia Civil en las inmediaciones de la vivienda en la que se hallaron los cuerpos con signos de violencia de una madre y su hija de 12 años, en Xilxes, Castellón
Prisión sin fianza para el hombre acusado de degollar a su mujer y su hija de 12 años en Castellón
La titular de la plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Villareal ha decretado este viernes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del hombre detenido como presunto autor de los crímenes de su excompañera sentimental y de la hija menor de ambos, de 12 años, en la localidad castellonense de Xilxes.
El detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar durante su comparecencia judicial, está investigado inicialmente, y sin perjuicio de ulterior calificación, por dos delitos de homicidio/asesinato y otro de quebrantamiento de condena. La causa en la que se mantiene bajo secreto de sumario.
En cuanto a los antecedentes por violencia de género relativos a este caso, el investigado ya fue condenado en febrero de 2025 en el marco de un juicio rápido celebrado el día 28 de ese mes por conformidad de las partes. Fue el propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Villarreal el que le impuso dos penas.
La primera fue como autor de un delito de coacciones del artículo 172.2 del Código Penal a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima.
Alejamiento en vigor hasta 2027
La segunda, como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 y 3 del Código Penal, se le impusieron 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima.
La jueza que estaba entonces al frente del citado órgano judicial impuso también al hombre, que hasta ese momento carecía de antecedentes penales, la obligación de indemnizar a la víctima con 200 euros en concepto de responsabilidad civil. La medida de alejamiento y prohibición de comunicación impuesta en esta sentencia firme estaba por tanto en vigor hasta octubre de 2027, informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.