Una mujer se dirige a una oficina del SEPE en Madrid.

Imagen de archivo de una mujer entrando en las oficinas del SEPEEP

Una trabajadora gana al SEPE y no tendrá que devolverle 3.516 euros cobrados de más por desempleo

Los jueces aplican la doctrina Cakarevic porque el error fue única y exclusivamente del organismo público y la mujer en ningún momento actuó con mala fe

En no pocos casos, la Justicia es lenta, pero termina llegando. Un caso de ello es el de una mujer valenciana a quien el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) le ha dado la razón y, en consecuencia, se ha librado de devolver al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) los 3.516,94 euros que había cobrado de más en concepto de prestación por desempleo.

En un primer momento, el organismo público le concedió a la mujer la ayuda en su importe global. Ahora bien, no tenía derecho a todo el importe y, precisamente por ello, el SEPE le aplicó una quita que ascendía hasta el 20,10 % del total. No solo eso, sino que el Juzgado de lo Social número 16 de Valencia acordó esa medida.

La trabajadora no quedó ni mucho menos acorde con la decisión de los jueces y optó por interponer un recurso ante el TSJCV. En su escrito, alegó a la doctrina Cakarevic, explicando que el error se debió única y exclusivamente a un error del SEPE y que, a la par, en ningún momento ocultó ni manipuló la información aportada a la Administración.

Un hijo a su cargo

En base a ello, los magistrados, en una sentencia de febrero de este mismo año a la que ha tenido acceso El Debate, ratifican el fallo cometido por el SEPE y, por ende, aplican la doctrina Cakarevic.

Así, subrayan que la mujer hizo error alguno en los trámites ni indujo a ello en momento alguno, constatando que actuó de buena fe. No solo eso, sino que abundan en el aspecto de que el montante percibido no era para dispendios y que estaba destinado a cubrir las necesidades básicas de la beneficiada, por lo que la devoción supondría una carga excesiva para su economía, más aún cuando tiene un hijo a su cargo y el importe era reducido.

En dicha sentencia, el TSJCV responsabiliza única y exclusivamente al SEPE del error aludiendo a Cakarevic, al Tribunal Supremo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, si bien no impone costas a la Administración estatal.

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