Imagen de archivo de la fachada del Tribunal SupremoEuropa Press

La Generalitat Valenciana recurre al Supremo las delegaciones de obras de infraestructuras escolares con Ximo Puig en funciones

La Administración autonómica cree necesario que el Alto Tribunal determine «dónde empiezan y terminan las competencias de un gobierno que ha cesado»

La Generalitat Valenciana, a través de la Abogacía General, ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) en aras de que deje sin efecto las sentencias emitidas el pasado mes de julio por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en las que avalaba las delegaciones de obras de Plan Edificant de infraestructuras escolares a ayuntamientos realizadas por el Consell del Botánico que presidía Ximo Puig cuando se encontraba en funciones.

En concreto, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia dictó varias resoluciones en las que desestimó los recursos interpuestos por la Generalitat para declarar lesiva la cesión de competencias de la Administración autonómica en favor de consistorios como Burjassot, Mislata, Senyera o Casinos.

Cabe recordar que el Consell, bajo mandato del PP, recurrió a este mecanismo en mayo de 2024 para declarar lesiva la cesión de competencias en materia de infraestructuras educativas acordada en julio de 2023 por la Conselleria de Educación, dirigida por el anterior Gobierno valenciano, integrado por PSPV-PSOE y Compromís y Unidas Podemos que estaba en funciones, en favor de diferentes ayuntamientos para que estos ejecutaran obras de mantenimiento y reforma en colegios públicos con cargo a los Presupuestos de la Generalitat.

A continuación, la Administración regional presentó los correspondientes recursos en los que solicitaba que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV declarara la anulabilidad de los actos administrativos que la propia Administración había declarado lesivos. Sin embargo, los magistrados consideraron que dichas delegaciones «no desbordaban» el denominado despacho ordinario de asuntos de un gobierno en funciones, por lo que rechazó la petición de la administración autonómica.

Alrededor de 65 millones de euros

Ante esta situación y «con el objetivo de obtener un pronunciamiento definitivo sobre una cuestión que se considera de especial relevancia institucional», la Generalitat ha decidido acudir al Tribunal Supremo mediante la interposición de los correspondientes recursos de casación, anuncia en un comunicado.

Desde el ejecutivo valenciano creen que estas delegaciones de competencias fueron aprobadas en julio de 2023, «una vez pasadas las elecciones y mientras el entonces Consell del Botànic se encontraba en funciones». «Estas acciones comprometieron actuaciones valoradas en alrededor de 65 millones de euros en favor de distintos ayuntamientos para la ejecución de trabajos de reforma y mantenimiento de centros educativos dentro del Plan Edificant», sostienen.

Tras analizar las recientes resoluciones judiciales del TSJCV, los informes emitidos por la Abogacía General de la Generalitat avalan, según subraya el Consell, que «los recursos de lesividad no respondieron a criterios políticos, sino a la voluntad de clarificar y delimitar cuál debe ser el alcance de las decisiones de un gobierno en funciones, especialmente cuando estas implican compromisos e inversiones de carácter plurianual con cargo a ejercicios posteriores».

«Responsabilidad e interés general»

En este sentido, la Generalitat considera que «una de las obligaciones de cualquier administración es velar por la correcta utilización de los recursos públicos y fiscalizar aquellos procedimientos que se consideren susceptibles de afectar a los intereses generales de la Administración».

En esta línea, la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades subraya que «el debate jurídico que se plantea trasciende cualquier consideración política y responde a una cuestión de interés general relacionada con el funcionamiento institucional de las administraciones públicas».

Por ello, argumenta, resulta «necesario» que el Alto Tribunal se pronuncie al respecto: «Lo importante en este asunto es determinar dónde empiezan y dónde terminan las competencias de un gobierno que ha cesado y permanece en funciones, así como esclarece hasta qué punto puede adoptar decisiones que comprometan el presupuesto y la capacidad de gestión del ejecutivo entrante durante los ejercicios siguientes».