Imagen de un supermercado de MercadonaEl Debate

El Tribunal Supremo da la razón a Mercadona con la horchata «fresca» de Hacendado

Una sentencia de la Sala de lo Civil descarta que el uso de dicho término resulte engañoso para los consumidores o vulnere la normativa que regula el etiquetado de esta bebida

El Tribunal Supremo ha dado la razón a Mercadona con la horchata «fresca» Hacendado. La Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha dictado una sentencia, consultada por El Debate, en la que descarta que el uso del término «fresca» en el etiquetado de la horchata de chufa pasteurizada resulte engañoso para los consumidores o vulnere la normativa que lo regula.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Fernando Cerdá Albero, está fechado el 9 de septiembre y pone fin a un largo litigio judicial emprendido por la empresa valenciana Món Orxata.

El Tribunal Supremo resuelve el recurso de casación y confirma el fallo dictado en el año 2021 por la Audiencia Provincial de Valencia. Món Orxata, a la que se le impone el pago de las costas, entendía que el término fresca no debía emplearse para una horchata pasteurizada, toda vez que podría inducir a error a los consumidores.

La sentencia, de quince folios de extensión, rebate este argumento. El Tribunal Supremo concluye que «no se ha acreditado que la inclusión del adjetivo ‘fresca’ haya inducido o pueda inducir a error a los destinatarios (el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz), que les hubiera llevado a pensar que adquirían la horchata de las demandadas en la creencia de que realmente adquirían horchata ‘natural’».

Imagen de la horchata «fresca» de Hacendado que vende actualmente MercadonaEl Debate

Món Orxata también demandó a Lactalis Puleva y a Panach, la empresa que entonces era la proveedora de Mercadona, con los mismos argeumentos que han sido desestimados por el Tribunal Supremo.

En la actualidad, Mercadona vende en sus supermercados la horchata «fresca» que elabora la compañía valenciana Alborchata S. L.

La sentencia de la Sala de lo Civil, que no ha recibido votos particulares, argumenta que «no hay incompatibilidad entre la pasteurización de la horchata y su carácter 'fresco'».

El fallo del Supremo recuerda que la normativa técnico-sanitaria no regula la utilización de los adjetivos «fresca» o «artesanal» y tampoco los define.

Fin a un largo litigio judicial

Por tanto, sostiene la sentencia, «no cabe entender, como pretende la recurrente, que el adjetivo 'fresca' incorpore unas cualidades que sólo tiene la horchata 'natural' (adjetivo que la recurrente pretende vincular con el modo de elaboración «artesanal» de la horchata) y no la horchata 'pasteurizada'».

El Supremo concluye que el etiquetado de la horchata de Mercadona y de Lactalis Puleva es correcto y en la sentencia «desestima tanto la comisión del acto desleal de engaño como del acto de deslealtad por infracción de normas». El fallo recalca que «no existe, pues, la relación jurídico-material invocada por la demandante Món Orxata ni, en consecuencia, la imputación de la titularidad pasiva de la misma a los codemandados. Por ende, ninguna legitimación pasiva cabe atribuir a Mercadona».

El primer Juzgado Mercantil que se pronunció sobre las demandas de Món Orxata ya «rechazó la legitimación pasiva de Mercadona, al considerar que no era la productora de la horchata, ni la responsable de su caracterización comercial y del tratamiento de su identificación alimentaria en el etiquetado».

Ahora, el Supremo zanja definitivamente el litigio judicial al sentenciar que no se ha acreditado una infracción de las normas de etiquetado y, por tanto, tampoco procede apreciar competencia desleal por violación de normas.