Recreación de cómo serán las nuevas terrazas de la Plaza del Ayuntamiento de ValenciaAyuntamiento de Valencia

Así serán las nuevas terrazas de la Plaza del Ayuntamiento de Valencia

Los establecimientos autorizados dispondrán de un plazo de un año para adaptar su mobiliario y comunicar que cumplen las condiciones

Valencia impulsa la «homogeneización estética» del mobiliario de las terrazas de hostelería de la Plaza del Ayuntamiento con una moción que se ha aprobado este jueves en la Junta de Gobierno Local.

La iniciativa establece criterios comunes de diseño, materiales, acabados, dimensiones y colores para «favorecer una imagen ordenada y coherente de uno de los espacios más emblemáticos de la ciudad con el objetivo de respetar su valor histórico, arquitectónico y patrimonial», asegura el consistorio en un comunicado. El período de adaptación se fija en un año.

La propuesta, impulsada desde las delegaciones de Turismo y Espacio Público, busca «compatibilizar la actividad hostelera y comercial con la protección del entorno monumental, evitar la actual heterogeneidad del mobiliario y favorecer una mayor integración de las terrazas en el paisaje urbano».

La concejala de Turismo e Innovación, Paula Llobet, ha destacado que esta plaza es «uno de los espacios más representativos de València y merece una imagen a la altura de su valor histórico y arquitectónico».

«Con esta iniciativa queremos que las terrazas se integren de forma ordenada y respetuosa en el entorno, con criterios de calidad, durabilidad y coherencia estética, sin renunciar a la actividad hostelera que forma parte de la vida de nuestra ciudad», ha señalado la edil.

La moción da continuidad al trabajo técnico desarrollado por el Servicio de Turismo e Internacionalización y cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Técnica de Patrimonio, emitido el 17 de julio de 2026.

El estudio elaborado para definir la homogeneización de las terrazas analizó tres líneas estéticas, clásica, contemporánea y sostenible, de las que se seleccionó la opción clásica por su mayor compatibilidad con el entorno.

Características técnicas

La iniciativa establece unas características técnicas de obligado cumplimiento para el mobiliario de las terrazas sin imponer marcas ni modelos comerciales concretos. De este modo, podrán utilizarse productos disponibles en el mercado siempre que cumplan los requisitos establecidos. Las sillas deberán ser apilables, ligeras y de líneas estilizadas, aptas para uso intensivo en exteriores y con condiciones adecuadas de estabilidad, resistencia y facilidad de mantenimiento.

Su estructura será íntegramente metálica, mediante armazón tubular continuo, con respaldo y asiento resueltos mediante varillas verticales paralelas. Los colores admitidos serán negro grafito o gris antracita, ambos en acabado mate. Podrán incorporar un cojín extraíble de asiento en color beige, con tejido apto para exteriores y fácil mantenimiento.

Por su parte, las mesas deberán presentar un diseño sencillo, funcional y estable, adecuado para uso exterior. La base será de pie central metálico, con tres o cuatro apoyos dispuestos en cruz o estrella, e incorporará un sistema abatible lateral del tablero que permita su plegado y almacenamiento seguro.

La estructura será de color negro grafito o gris antracita en acabado mate. El tablero será de compacto fenólico (HPL) o porcelánico de alta resistencia, con canto recto de 10 a 12 mm, en color blanco roto. Las superficies deberán ser resistentes a la humedad, las manchas y la radiación solar, y facilitar su limpieza y conservación.

Además, cada terraza dispondrá, como mínimo, de una mesa accesible con un espacio libre inferior de al menos 70 cm de altura y 80 cm de anchura. Su tablero podrá superar las dimensiones generales establecidas cuando sea necesario para garantizar dicho espacio con el mantenimiento de la tipología, los materiales y los acabados previstos. En todo caso, prevalecerá la normativa vigente en materia de accesibilidad.

Las sombrillas deberán disponer de mástil central telescópico de aluminio lacado mate, en negro grafito o gris antracita, con un diámetro de 48 a 55 mm. La lona será de tejido acrílico técnico de 300 g/m2, hidrófugo y con protección frente a la radiación ultravioleta, en color blanco roto. No se permitirán faldones, volantes, cenefas, estampados ni publicidad. La base será de hormigón, revestida de polipropileno mate o material equivalente, y deberá garantizar la estabilidad del conjunto sin necesidad de anclajes al pavimento.

No se admitirán sombrillas con sistemas de anclaje ni sistemas de unión que puedan ocasionar resaltes, deteriorar el pavimento o generar riesgos para los peatones. De esta forma, todas las estructuras metálicas de una misma terraza, incluidas sillas, bases de mesas y mástiles de sombrillas, deberán presentar un único color, a elegir entre negro grafito y gris antracita, ambos en acabado mate.

Esta uniformidad se mantendrá también en las reposiciones o incorporaciones posteriores y se evitarán diferencias apreciables de tonalidad y acabados.

Los separadores, cuando se autoricen, serán modulares, móviles, no anclados al pavimento y de diseño ligero, aptos para exteriores. Sus dimensiones deberán ajustarse a la Ordenanza Reguladora de la Ocupación del Dominio Público Municipal, y su instalación quedará íntegramente dentro de la superficie autorizada. La estructura será de aluminio lacado y, en su caso, anodizado, en color blanco roto, con acabado mate. El panel será transparente, de metacrilato o vidrio de seguridad, con el fin de preservar la visibilidad del espacio público. Podrá incorporar una jardinera integrada en color blanco roto, siempre que no comprometa la estabilidad ni invada las zonas de paso.

Los elementos deberán garantizar la estabilidad, facilitar la limpieza y no obstaculizar los itinerarios peatonales ni las condiciones de accesibilidad. Asimismo, la iluminación de las terrazas deberá ser de proximidad, con luminaria regulable, temperatura de luz cálida no superior a 2.700 K, iluminancia máxima de 50 lux en mesa, fuente de luz no visible desde el espacio público, acabado dentro de la paleta cromática y sin tendido de cables por el suelo.

Elementos generadores de calor y frío

Por lo que respecta a los elementos generadores de calor y frío, cabe destacar que constituyen un elemento opcional y de uso estacional. Las estufas únicamente se admitirán en el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo. Fuera de dichas fechas no podrán ocupar la vía pública. Deberán ser estufas de gas, sin tendido de cables por el suelo, que cumplan con las condiciones fijadas en la Ordenanza Reguladora de la Ocupación del Dominio Público Municipal, en color negro grafito acabado mate.

Asimismo, se prohíbe la instalación de pérgolas, tanto fijas como bioclimáticas, y de toldos cerrados en todo el ámbito regulado. Esta medida responde a la necesidad de preservar la permeabilidad visual del entorno protegido y garantizar las condiciones de acceso y operatividad de los servicios de emergencia, especialmente durante acontecimientos multitudinarios como las Fallas.

La homogeneización se aplicará a todas las terrazas de hostelería autorizadas en el momento de la entrada en vigor del acuerdo, así como a las que se autoricen posteriormente. En los establecimientos que dispongan de varias zonas de terraza autorizadas, cuando una de ellas se encuentre en la plaza, los requisitos serán aplicables a todas sus zonas autorizadas. Las terrazas que ya cuenten con autorización dispondrán de un plazo de un año, desde la entrada en vigor del acuerdo, para adaptar su mobiliario y comunicar al Ayuntamiento que cumplen las condiciones.

El Ayuntamiento realizará las inspecciones correspondientes para verificar el cumplimiento y podrá iniciar los trámites previstos en la ordenanza en caso de incumplimiento.