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El TSJCV desestima el recurso contra el Plan Parcial de Ensanche Levante de Benidorm y mantiene su aprobación

La Sala rechaza todos los motivos de impugnación planteados contra el acuerdo del Ayuntamiento de marzo de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) desestima íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por Berlin Invest Trade S.L. contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Benidorm de 27 de marzo de 2024 por el que se aprobó definitivamente la versión final del Plan Parcial del sector 1/1 Ensanche Levante.

La sentencia número 512, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, rechaza todos los motivos con los que la mercantil solicitaba la nulidad o anulación del acuerdo municipal y del instrumento de planeamiento, y condena a la mercantil recurrente, BERLIN INVEST TRADE, S.L. al pago de las costas procesales.

La resolución supone un nuevo respaldo judicial a la tramitación de uno de los principales desarrollos urbanísticos previstos para la expansión de Benidorm, cuyo Plan Parcial establece una edificabilidad de 292.600 metros cuadrados útiles y contempla como usos básicos el hotelero y el residencial.

Competencia municipal y delimitación del sector

Entre las cuestiones analizadas, el tribunal rechaza que el Plan Parcial necesite una homologación autonómica por haber modificado elementos de la ordenación estructural del Plan General.

La Sala concluye que el documento aprobado por el Ayuntamiento no modifica la delimitación del sector ni la clasificación del suelo, y respetó el marco fijado por las normas urbanísticas del Plan General vigente. Como consecuencia, el TSJCV concluye también que la competencia para formular, tramitar y aprobar definitivamente el Plan Parcial corresponde al Ayuntamiento de Benidorm, al afectar a la ordenación pormenorizada, y destaca que la propia Administración autonómica mantuvo ese mismo criterio durante la tramitación.

El uso hotelero y residencial se ajustan al Plan General

Otro de los argumentos del recurso cuestionaba la definición del uso predominante del sector. El tribunal recuerda que el Plan General ya establece como usos característicos básicos el hotelero y el residencial y considera conforme a la normativa que el Plan Parcial optara por asignar la condición de uso dominante el terciario hotelero, manteniendo el residencial como compatible.

La gestión del Plan Parcial avanza

Este pronunciamiento supone el aval judicial a la aprobación de un Plan Parcial cuya tramitación ha requerido casi 7 años de complejos trámites, contando con el informe favorable de decenas de administraciones y entidades implicadas.

La Agrupación de Interés Urbanístico que integra a la mayoría de las personas propietarias del sector confía en que esta decisión supondrá un impulso decisivo al Programa de Actuación Integrada y el Proyecto de Urbanización, en tramitación desde 2025, y se espera que la aprobación definitiva llegue antes de final de año.