Consulado de Venezuela en Vigo

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Obligan a readmitir a una trabajadora que fue despedida tras una discusión en el Consulado de Venezuela en Vigo

La sentencia considera que no quedaron acreditadas las causas disciplinarias que la representación consular alegó

El Juzgado de lo Social de Vigo ha condenado al Consulado de Venezuela en la ciudad a readmitir a una trabajadora o, en su defecto, indemnizarla con más de 27.000 euros tras declarar improcedente su despido.

La sentencia considera que no quedaron acreditadas las causas disciplinarias que la representación consular alegó para justificar el cese y que, además, no se respetó el procedimiento legal exigido en este tipo de decisiones laborales.

Despedida por una discusión

Según indica en un comunicado Antonio Heredero, representante legal de la trabajadora, la empleada, que llevaba trabajando para el Consulado desde 2015 como administrativa, fue despedida en octubre de 2025 tras una discusión sobre la implantación de un nuevo sistema de cobro de tasas y una breve ausencia durante su tiempo de descanso. La carta de despido le imputa desobediencia y abandono del puesto.

Sin embargo, la jueza concluye que no se ha demostrado ninguno de los hechos imputados y que el proceso seguido por la parte empleadora no cumplió las garantías exigidas por la legislación laboral española, por lo que declara el despido improcedente.

«Esta resolución reafirma que ningún empleador (tampoco un consulado extranjero) puede situarse al margen de la legislación laboral española. La trabajadora sufrió un despido sin causa y sin procedimiento, y hoy se restablecen sus derechos», reivindica Heredero, que subraya que el fallo «marca un precedente relevante» en materia de relaciones laborales con representaciones diplomáticas.

«La sentencia deja claro que la inmunidad no puede utilizarse como escudo para vulnerar derechos laborales básicos. Es una garantía para todos los trabajadores contratados en España por entidades extranjeras», añade.

El fallo no aprecia, no obstante, motivos para declarar la nulidad del despido ni situaciones de discriminación, limitándose a confirmar su improcedencia.

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