Edificio de la Audiencia Provincial de LugoEUROPA PRESS

Condenado el empleado de un banco de Lugo que intentó matar a una clienta para saquear sus cuentas

La víctima, de 61 años, sufrió un golpe en la cabeza, estuvo en la UCI y ahora vive en un centro sociosanitario. La sentencia limita la responsabilidad civil del banco a 729 euros

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a 15 años de prisión al exempleado de una entidad financiera acusado de intentar asesinar a una clienta de 61 años en el municipio lucense de Xermade para acceder a su banca electrónica y apropiarse de su dinero. La víctima sufrió graves secuelas tras la agresión y actualmente vive en un centro sociosanitario con un elevado grado de dependencia.

La sentencia recoge además que el condenado deberá indemnizar a la mujer con más de 1,4 millones de euros por las lesiones, secuelas y perjuicios sufridos, así como abonar cerca de 45.000 euros al Sergas por la asistencia sanitaria prestada. El fallo también limita la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad bancaria únicamente a la cantidad defraudada que no fue recuperada por la víctima, poco más de 700 euros.

Varias transferencias a sus cuentas

Los hechos se remontan al 5 de febrero de 2022. Según recoge la resolución judicial, el acusado acudió al domicilio de la mujer en la parroquia de Candamil, en Xermade, con la intención de hacerse con su teléfono móvil para acceder a la aplicación de banca electrónica y controlar sus cuentas.

Para lograrlo, le propinó un golpe que el tribunal califica de «brutal» en la cabeza y huyó del lugar con el dispositivo. Aprovechando el acceso a las claves y datos bancarios de la víctima, realizó varias transferencias desde las cuentas de la mujer a las suyas tanto ese mismo día como en jornadas posteriores.

La agresión dejó a la víctima gravemente herida. Tras ser localizada en su vivienda, tuvo que ser trasladada e ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Universitario Lucus Augusti. Desde entonces, su situación física ha empeorado notablemente y necesita asistencia permanente para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Aunque antes del inicio del juicio las partes alcanzaron un acuerdo sobre la autoría de los hechos y la responsabilidad penal del acusado, la vista oral se celebró igualmente para determinar el alcance de la responsabilidad civil y las indemnizaciones correspondientes. La resolución judicial establece que la responsabilidad civil principal por los daños causados corresponde al condenado. En concreto, deberá abonar 1.419.927 euros a la víctima por las lesiones temporales, el periodo de hospitalización, las secuelas permanentes, los perjuicios personales y otros gastos derivados de la agresión.

Respecto a la entidad financiera para la que trabajaba el acusado, el tribunal considera que únicamente debe responder por el delito de estafa relacionado con las transferencias fraudulentas realizadas utilizando los datos de banca electrónica de la clienta.

Los magistrados entienden que los delitos violentos cometidos contra la mujer no guardan relación con la actividad laboral que desempeñaba el empleado y, por tanto, quedan fuera de la responsabilidad del banco. No obstante, sí aprecian una conexión con la estafa debido al acceso previo del acusado a información bancaria de la cliente y a la ausencia de mecanismos de control efectivos sobre determinadas actuaciones vinculadas a la banca a distancia.

Por ello, la sentencia limita la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad a 729,27 euros, correspondientes a la parte del dinero sustraído de las cuentas de la víctima que no fue restituida posteriormente.