TSJG
El TSJ de Galicia multa a un abogado por presentar un recurso con 24 citas falsas generadas por IA
Además, la Sala de lo Social ha trasladado el caso al Colegio de Abogados de La Coruña
Una multa de 1.800 euros y un expediente disciplinario en camino. Es el castigo que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha impuesto a un letrado por recurrir a la IA para redactar un escrito procesal que contenía reiteradas falsedades. En total, el tribunal cazó 24 citas inventadas, un despliegue de «libérrima creatividad jurídica» que ha llevado a la Sala de lo Social a dar traslado del caso al Colegio de Abogados de La Coruña.
El letrado «ha reconocido los hechos, ha pedido disculpas y ha informado de lo ocurrido a su propio cliente», pero no ha ofrecido «explicación suficiente sobre el modo en que tal resultado pudo haberse producido ni sobre la herramienta empleada de IA».
Los magistrados indican que «el uso de sistemas de inteligencia artificial generativa en el ejercicio de la abogacía no es, en sí mismo, una práctica vedada», pero advierten de que, tanto en el Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía, como la Instrucción 2/2026 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, señalan que debe de haber un «control humano consciente y efectivo», así como que su uso está «restringido a la preparación o estudio (no a la elaboración del cuerpo del escrito procesal debido)».
«La conclusión es clara: el uso de herramientas generativas obliga no solo a un control del sistema de IA que se pretende utilizar y también a la verificación de los resultados arrojados», subraya la Sala.
Marco normativo
Partiendo del marco normativo y deontológico sobre el uso de la IA, el TSJG concluye que la conducta del abogado constituye una infracción merecedora de una corrección. Así, señala que tuvo «una forma de actuar poco diligente, al menos, cuando no directamente reveladora de una mala fe procesal, dado que no se ha comprobado la veracidad de las citas, su existencia y su literalidad, sino que o bien se han inventado directamente o bien se han asumido como válidas, tras la perniciosa, y habitual, alucinación de la inteligencia artificial utilizada para su redacción».
El TSJG recuerda que la buena fe procesal «impone a los profesionales que actúen ante los tribunales el deber de comportarse con lealtad, veracidad y coherencia, absteniéndose de conductas que, aun sin dolo, resulten contrarias a los deberes de honradez y rigor que presiden las relaciones entre las partes, sus representantes y el órgano jurisdiccional», por lo que destaca que «la presentación de un recurso sustentado sobre una fundamentación jurisprudencial fabricada, al margen de que ello obedezca a simple negligencia y no a un propósito de engaño, constituye una infracción objetiva de dicho principio».
1.800 euros de multa
A la hora de fijar la cuantía de la sanción, los magistrados resaltan que el propio artículo 75.4 de la LJS les faculta para imponer una multa de 600 hasta 6.000 euros. «Como ya advertíamos, y para determinar su importe, se ponderarán la gravedad de la conducta, los perjuicios causados al procedimiento, a la parte contraria y a la Administración de Justicia, la capacidad económica del infractor y la posibilidad de reiteración».
Todo ello, según manifiestan en el auto, les conduce a fijarla en 1.800 euros, pues tienen en cuenta «no solo el alcance del incumplimiento, sino también de la reprobación que la conducta merece, de cuál ha sido su evidente causa y de su palmario remedio: una IA generativa especializada de pago».