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Condenan al Sergas a pagar 38.500 euros por vulnerar los derechos de un trabajador víctima de acoso laboral en Vigo

El empleado estuvo de baja por ansiedad y trasladó en diversas ocasiones que estaba siendo objeto de acoso por algunas personas

El Sergas tendrá que indemnizar con 38.500 euros a un trabajador que denunció haber sufrido acoso laboral en Vigo. Así lo ha determinado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), que ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el asalariado.

Este trabajador desempeñaba su labor en Vigo atendiendo tareas administrativas en las áreas de Recursos Humanos y Dirección de Atención Primaria. A partir de enero de 2021, a raíz de una serie de discrepancias e incidencias, sus funciones fueron modificadas para que tuviera menos relación con Recursos Humanos y, en momentos posteriores, también se fueron cambiando y adaptando sus tareas.

Baja por ansiedad

Estos cambios motivaron que el trabajador dejara de tener acceso a ciertas aplicaciones, necesarias para llevar a cabo algunas funciones, y aunque se reajustó su acceso, necesitaba solicitar información a mayores al departamento de Recursos Humanos para ciertas tareas.

El empleado estuvo de baja por ansiedad, y trasladó en diversas ocasiones que estaba siendo objeto de acoso por algunas personas, llegando incluso a celebrarse una reunión con el gerente del área sanitaria. En julio de 2023, el trabajador solicitó que se activase el procedimiento por situaciones de acoso, aunque dicho procedimiento concluyó con un archivo en enero de 2024, al no considerarse probado ni el acoso laboral ni ninguna clase de trato discriminatorio.

Medidas tardías

A partir de ahí, presentó denuncia en un juzgado de lo Social, que desestimó su demanda, pero ahora el TSJG ha estimado en parte sus argumentos y, aunque considera que el Sergas adoptó medidas para adaptar su puesto de trabajo, reajustando sus funciones y alejándolo de las personas con las que existía un conflicto, señala que dichas medidas «apuntan en la dirección correcta pero son tardías y no responden a una iniciativa preventiva, sino que van dirigidas a la corrección y resolución de un problema ya manifestado».

Al respecto, el TSJG apunta que el Sergas era conocedor de la existencia de esos problemas desde 2021, y no activó inmediatamente los mecanismos de protección. Asimismo, expone que en el trámite de evaluación de riesgos laborales realizado en 2019 y verificado en 2024 no se identificó ningún riesgo psicosocial. Tampoco se llevó a cabo un estudio de esos riesgos cuando este trabajador comunicó esos problemas, que le llevaron a estar de baja en varias ocasiones.

Por ello, considera que este modo de actuar ha incidido en la salud del trabajador y se ha vulnerado un derecho fundamental en lo que respecta a la integridad física y moral, y condena al Sergas a pagarle 38.497,80 euros.

También declara el TSJG que el Sergas ha incumplido sus obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales y que tiene la obligación de llevar a cabo la oportuna evaluación de los riesgos psicosociales del trabajador en el puesto que desempeña.

Recurso del Sergas

El Sergas ha traslado su «absoluto respeto» por la decisión del TSJG, y ha recordado que, «en ningún momento» hubo inacción por parte de la gerencia del área sanitaria, sino que se ejecutaron los procedimientos previstos en el sistema de prevención de riesgos laborales (PRL).

Así, el Sergas dispone de un sistema de PRL integrado por una serie de mecanismos que son «públicos y fácil acceso para el personal» y que, una vez activados, «se ponen en marcha las medidas necesarias, adaptadas a la situación correspondiente».

Como el juzgado de primera instancia dio la razón al Sergas, tras esta sentencia del TSJG revocando esa primera sentencia, el área sanitaria de Vigo ya presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo.