Niño jugando al fútbol
La Xunta podrá personarse en casos de violencia en el deporte tras un acuerdo con el Gobierno central
El Ejecutivo autonómico inició esta modificación después de que en febrero de 2025 falleciese un hombre de 68 años que estuvo más de dos meses ingresado en la UCI tras sufrir una agresión durante un partido de balonmano cadete femenino
La Xunta de Galicia y el Gobierno central han llegado a un acuerdo en relación al conflicto institucional abierto a principios de año por la modificación de la Ley del Deporte de Galicia para permitir que la Administración autonómica se personase en procedimientos judiciales relacionados con delitos de violencia.
El Diario Oficial de Galicia publica este jueves la resolución firmada por el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, y el conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, Diego Calvo, que da por resueltas las discrepancias manifestadas y por concluida la controversia planteada.
A principios de año, el Gobierno comunicó a la Xunta que llevaría a la Comisión Bilateral esta modificación por posible invasión de competencias. El cambio legal había sido aprobado en diciembre de 2025 con el objetivo de que la Administración se pudiera personar en estos procedimientos judiciales derivados de actos de violencia en el deporte. Además, se incorporó protocolos de buen gobierno en las federaciones deportivas, sobre las que limitó la duración de los mandatos por parte de un mismo presidente.
El Ejecutivo autonómico inició esta modificación después de que en febrero de 2025 falleciese un hombre de 68 años que estuvo más de dos meses ingresado en la UCI tras sufrir una agresión durante un partido de balonmano cadete femenino entre el Sanxenxo Balonmán y el Club Rasoeiro disputado en Vilalonga en diciembre de 2024.
De este modo, el acuerdo publicado este jueves en el DOG indica que ambas partes coinciden en considerar que el artículo que permite que la Xunta ejerza la acción popular debe interpretarse en el marco de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que señala que la acción penal también podrá ser ejercitada por las asociaciones de víctimas y por las personas jurídicas a las que la normativa reconoce legitimación para defender los derechos de las víctimas, siempre que ello fuese autorizado pro la propia víctima del delito.