Reflexiones en voz altaJuan Rafael Toledano

Ignorancia, o arrogancia y fascismo

Son decisiones sólo guiadas por un discurso político populista y grandilocuente, pero que no es capaz de trasladar a la realidad ordinaria.

Actualizada 23:03

Mucho se ha escrito y dicho en estos últimos días sobre la aplicación de la Ley llamada del «solo sí es sí», de cuya autoría se vanagloria la ministra Montero y toda su pléyade de agradecidos y colocados, y aun así hay algo que me sigue rondando la cabeza y que quiero compartir.
Verán ustedes cómo es muy fácil de entender el problema que suscita su aplicación, ya que con una simple explicación es muy comprensible.
Los jueces -aunque con discrecionalidad, no con arbitrariedad- a la hora de imponer penas por delitos, se ven constreñidos por determinadas reglas en función del grado de participación (pues no es lo mismo la autoría que la complicidad, por ejemplo), o el grado de ejecución alcanzado con el delito, (como la tentativa o el delito consumado). También existen reglas para determinar la pena en función de las agravantes o atenuantes que intervengan en el hecho.
Estas reglas se basan en la extensión prevista para la pena según el delito, por lo que siempre nos vamos a encontrar con un mínimo y un máximo para dicha pena y, a partir de éstos, una vez aplicadas las atenuantes, agravantes, forma de participación, etc... quedará establecido en qué margen se ha de mover el Juez para imponer la pena para individualizarla según el delincuente.
Resulta pues evidente que el mínimo y el máximo confluyen, necesariamente, en la extensión de la pena a imponer por el Juzgador, ya que éste no puede superar dichos límites ni por encima, ni por debajo, y, además, cuando han de calcularse mitades superiores o inferiores o grados, también por mor de dicho límites, se verán afectadas dichas mitades o grados.
Pues bien, el delito de agresión sexual, tras la modificación introducida por la ley del «solo sí es sí» para englobar dentro del mismo el del abuso (recuerden esas manifestaciones con «todo es agresión») pasó de estar penado de 1 a 5 años de cárcel a estarlo de 1 a 4 y el de violación de una pena de 6 a 12 años a una pena de 4 a 12, resulta evidente que aquél que hubiese sido condenado por un delito de agresión sexual a su pena máxima de 5 años tendrá que verla reducida a 4 ya que se le ha de aplicar la legislación más favorable. Pero es que, además, si concurrieron agravantes o atenuantes también cambian los distintos grados y mitades superiores e inferiores, por lo que también se verá afectada la pena impuesta, de forma favorable para el delincuente, puesto que antes la mitad se situaba en 3 años y ahora en 2 años y medio. Amén del deber de proporcionar la pena impuesta las nuevos límites.
Es claro pues, que las rebajas que se están produciendo no vienen dadas por un «machismo» o «fascismo» de los «endemoniados» jueces, sino a una actuación que, de momento, voy a calificar muy deficitaria del Gobierno, y, en especial, del Ministerio que propulsa esta ley.
Pero donde me quería detener no es en la guerra sostenida de que quien es más ignorante: los jueces en la creencia de esa parte del Gobierno que cuando las resoluciones no le son favorables los vilipendia, o la Ministra (cuestión que casi es un axioma, y no sólo en este caso)
Se trata, bajo mi punto de vista de algo mucho más grave.
No, no es cuestión de ignorancia en la Ministra o el Gobierno; se trata de incapacidad e irresponsabilidad, pues son decisiones sólo guiadas por un discurso político populista y grandilocuente, pero que no es capaz de trasladar a la realidad ordinaria.
Tanto el Ministerio de Igualdad como el Gobierno cuentan, o deben contar, con asesores suficientemente preparados en las materias a regular (salvo que dichos asesores sean simplemente amiguetes colocados para cubrir las cuotas) que les informen sobre las consecuencias de lo que pretenden realizar.
Pero aún es más. En el presente caso, se contaban con informes de otros organismos, como el Consejo General del Poder Judicial, entre otros, y muchísimos partidos de la oposición y otras asociaciones, que, antes de la aprobación de la ley, ya venían advirtiendo de las consecuencias de la reforma.
A todas ellas, por pura arrogancia, se les hizo caso omisivo y consecuencia de esos polvos son estos lodos.
Además, se están tramitando leyes como churros, de manera acelerada y por procedimientos con la mínima discusión y tramitación (se ha batido con creces el número de decreto leyes), con una «diarrea» legislativa que sólo puede dar como consecuencia leyes «defecadas», poco elaboradas y contrastadas jurídicamente.
No, no se trata de ignorancia, se trata de incapacidad para gobernar, irresponsabilidad en la toma de decisiones y un puro fascismo al tratar de que se dicten resoluciones por los Tribunales conforme a su voluntad y sin sujeción a las propias normas por ellos aprobadas.
Las víctimas no deben de estar muy contentas y lo malo es que, con esta arrogancia hasta que se bajen del burro, las víctimas se encontrarán más desprotegidas que anteriormente.
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