Fachada del estadio Santiago BernabéuEuropa Press

Nuevo revés a los parkings del Bernabéu: el TSJM rechaza el recurso del Real Madrid contra el fallo que los anuló

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso que presentó el Real Madrid contra la segunda sentencia que el pasado mes de octubre dio la razón a los vecinos del entorno del estadio Santiago Bernabéu y confirmó la decisión judicial tomada un año antes de anular la concesión de las obras para construir dos parkings en la zona. El fallo es susceptible de recurso de casación en un plazo de 30 días.

La resolución, fechada el 5 de febrero de 2026, confirma el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid que ordenó detener las obras de esos aparcamientos, situados en Castellana-Bernabéu y Padre Damián. Ese auto derivaba de una sentencia previa que anuló la autorización concedida en marzo de 2023 para construir y explotar esos parkings.

Los vecinos, organizados en la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, fundamentaban su pretensión de paralizar esas obras por una posible infracción por parte de la Administración del procedimiento legalmente establecido respecto a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión y sostenían que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos.

El Real Madrid solicitaba en su recurso que se dejara sin efecto la ejecución provisional respecto de las obras del aparcamiento subterráneo del Paseo de la Castellana-Bernabéu o, subsidiariamente, que se obligara a la asociación vecinal a constituir una fianza o aval de 2.940.458,69 euros, equivalente al 10 % de la valoración económica de los perjuicios que, según alegaba, generaría la ejecución si prosperaban los recursos de apelación contra la sentencia principal.

El auto recurrido

El auto recurrido sostenía que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid C.F. como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por la Administración sufrieron «una alteración significativa» tras el trámite de audiencia pública, «siendo el propio Ayuntamiento quien introdujo importantes modificaciones las cuales no fueron sometidas nuevamente a información pública».

Tampoco se aportaba, señaló el fallo, «prueba que acredite los parámetros de cálculo y los resultados obtenidos por la Administración» con los parámetros utilizados que se mencionan en el estudio de tráfico, ni se aporta «un estudio de Transporte».

La sentencia destacaba, por otro lado, que los estudios de tráfico que se han considerado por el Consistorio en fundamento de su interés «solo se han basado en simulaciones para una hora punta horaria de un día tipo y no para cuando se producen eventos masivos».

En consideración a lo expuesto, el fallo apuntaba a que el Ayuntamiento «no ha llegado a acreditar en el presente procedimiento que la ejecución de dos aparcamientos, de los cuales, uno proyecta una conexión directa con el parking propio del Estadio Bernabéu, satisfaga una finalidad de interés público y general acorde con el Planeamiento Urbanístico y específicamente con Plan Especial».