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Comunidad de Madrid
Madrid suma un diputado y contará con 38 en las próximas elecciones
El número de diputados se establece en el artículo 3 del RD, en aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
La Comunidad de Madrid ganará un diputado en las próximas elecciones generales del próximo 29 de noviembre según los datos que ha publicado hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La región presidida por Isabel Díaz Ayuso tenía hasta la fecha 37 diputados, sin embargo, a partir de los próximos comicios contará con uno más, es decir, con 38 parlamentarios elegidos por los madrileños.
Por el contrario, la provincia de Cádiz, que contaba con 9 diputados, pasará a tener uno menos, es decir, tendrá 8, con lo que Andalucía verá reducida también su representación en el Parlamento en un diputado y contará con 60 parlamentarios en lugar de 61.
Reparto por territorios
El número de diputados se establece en el artículo 3 del RD, en aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y se detalla en un anexo que incluye el Real Decreto.
Las provincias que más diputados eligen son Madrid, donde se vota a 38; Barcelona, con 32 y Valencia, con 16; seguidas de Sevilla y Alicante con 12 cada una; Málaga, 11 diputados y Murcia, 10. Baleares, Vizcaya, Cádiz, Coruña y Las Palmas, contarán con ocho diputados cada una de ellas.
Con siete diputados contarán Asturias, Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza, mientras que tendrán seis diputados Almería, Córdoba, Guipúzcoa, Gerona, Tarragona y Toledo. Otras ochos circunscripciones tendrán cinco diputados cada una. Se trata de: Badajoz, Huelva, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Navarra y Valladolid.
Tendrán cuatro diputados Albacete, Alava, Burgos, Cáceres, León, Lérida, Lugo, Orense, La Rioja y Salamanca. Las circunscripciones de tres son: Avila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora. Mientras que Soria tendrá dos y Ceuta y Melilla, uno cada una.
En cuanto al número de senadores por cada provincia, en aplicación del artículo 165 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, será de cuatro; en las circunscripciones insulares se eligen tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; y uno en Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. Las ciudades de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos Senadores.