Terraza de un bar en Madrid
Madrid aprueba la nueva normativa de terrazas con sanciones más duras y control de zonas saturadas
El proyecto asume la estructura de la ordenanza actualmente en vigor
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el proyecto para una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, que pretende conciliar la ocupación del espacio público y el disfrute de estos lugares de ocio con con el derecho al descanso y un uso ordenado de la ciudad. La normativa aspira a establecer un régimen jurídico completo y sistemático que regule la instalación y la actividad de las más de 6.000 terrazas y más de 50 quioscos de hostelería y restauración que hay en la capital.
El proyecto asume la estructura de la ordenanza de terrazas actualmente en vigor, de 2013, incorporando los contenidos esenciales de la modificación que se llevó a cabo en 2022.
La instalación de terrazas está sujeta a los principios básicos de uso del dominio público, destacando la valoración de todas las condiciones del entorno que realizará cada distrito para otorgar las autorizaciones.
El proyecto contiene una definición detallada de los tipos de suelo en los que los establecimientos podrán instalar terrazas y describe las características esenciales de sus elementos fijos.
Además, se incluyen las características de la autorización, así como el procedimiento de solicitud y tramitación, para lo que se han reducido cargas administrativas.
El texto fortalece la tramitación de las 'ordenaciones conjuntas', en las que se regulan las zonas saturadas por terrazas o los espacios que requieran una especial consideración por sus valores históricos.
Los quioscos, de temporada y permanentes, por otro lado, mantienen su régimen actual y simplemente se ha mejorado la calidad de la regulación en aspectos puntuales.
Terraza de un bar en Madrid
Horarios y sanciones
El régimen de horarios del nuevo texto se mantiene, incluyendo las restricciones ya incorporadas en 2022 y que recoge la normativa autonómica: los fines de semana y vísperas de festivo en el periodo estacional (marzo a octubre) podrán abrir hasta la 1:30 y los demás días, hasta la 1:00.
El resto del año (fuera del periodo estacional) podrán abrir únicamente hasta las 00:00 h, salvo los casos en que haya horarios especiales más reducidos.
En cuanto al régimen sancionador, el proyecto de ordenanza incluye una mejor definición de las infracciones, nuevos tipos y, aunque se mantiene el importe de las sanciones, se incrementa la gravedad de algunas.
Además, se incorpora la posibilidad de extinguir autorizaciones en el caso de reincidencia, dado que una de las cuestiones que más han venido demandando los ciudadanos es que el Ayuntamiento pueda reaccionar ante el incumplimiento de la actividad de las terrazas.