La popularización de los vehículos cámper ha generado muchos problemas y sanciones

Vehículos cámper

La policía municipal explica a los propietarios de una caravana la única forma legal de dormir dentro

La multa por no distinguir entre términos como pernoctar, dormir o acampar puede ir de 500 a 5.000 euros

Caravanas, autocaravanas, vehículos cámper, pernoctar, dormir, acampar, camping… Dormir dentro del vehículo y viajar con la casa a cuestas es un fenómeno que está cada vez más de moda.

Un fenómeno social especialmente habitual en época vacacional que crece al mismo ritmo que las dudas sobre la legislación que lo rodea.

Multas muy importantes

Y conviene tener clara la legislación en torno a dormir y pernoctar o acampar, sobre todo si tenemos en cuenta que con el actual código de circulación en la mano la multa por infringirla puede ir de 500 a 5.000 euros, en función de las circunstancias que rodean a nuestra 'escapada'.

La VW California, un verdadero mito del caravaning

Pese a la actualización de la ley hecha por el Gobierno que regula las acampadas, la situación sigue siendo muy confusa, básicamente porque el concepto estacionar lo regula el Código de Circulación, mientras que la acampada y pernocta la regula urbanismo.

Lo más funcional para evitar problemas es consultar la normativa de tráfico y movilidad de cada localidad para saber a lo que atenernos, porque la situación cambia en función de la comunidad autónoma e incluso del municipio.

Normativa concreta

Es cierto que hay una serie de reglas que son comunes en casi toda España, pero pueden variar matices que podrían hacernos incurrir en una buena multa.

Para empezar, conviene aclarar que la ley de costas prohíbe directamente aparcar o cualquier acción similar en la playa, con lo cual mejor no perder el tiempo planteándose aparcar un vehículo en la arena para pasar allí la noche.

La diferencia entre desplegar o no unas mesas puede ser de miles de euros

Otra cosa es en primera o segunda línea de playa. Tal y como ocurre en el vídeo compartido por la policía municipal de Denia en redes sociales, el agente explica a los propietarios de la caravana que en esa localidad está permitido pernoctar dentro del vehículo sin ningún tipo de problema.

Cuestión de tiempo

Eso sí, el tiempo máximo para permanecer en primera línea de playa es de 24 horas, 48 horas en segunda línea, de acuerdo con la legislación municipal. Una vez superados estos períodos podemos ser sancionados. Y hay que tener claro que las policías locales llevan un control muy exhaustivo de los vehículos en los que hay gente pasando la noche aparcados en el municipio.

Tal y como explica el agente, conviene aclarar también la diferencia entre pernoctar y acampar. Durante esas 24 horas a las que hace referencia, los ocupantes pueden hacer vida normal dentro de la caravana, pero mucho cuidado con desplegar cualquier tipo de toldo, mesitas o sillas… pues entonces entramos en la categoría de acampada, lo que está completamente prohibido en toda España salvo en las zonas especialmente habilitadas para ello.

En función de cada municipio existen áreas de pernocta, áreas de acampada, que en ambos casos pueden ser de pago o no, y los camping, recintos cerrados y vigilados en los que podemos permanecer y hacer vida por un período máximo de 180 días.

Algunos municipios establecen límites horarios a la pernocta o acampada, lo que significa que a determinada hora de la mañana puede ser la propia policía municipal la que vaya vehículo por vehículo despertando a los ocupantes para pedirles que abandonen el lugar.

En definitiva una forma de vida con una legislación compleja que conviene conocer antes de incurrir en una infracción de consideración.