Ente año es posible que se superen los siete millones de test de alcoholemia en España

Ente año es posible que se superen los siete millones de test de alcoholemia en España

Seguridad vial

El error de medición durante las pruebas de alcoholemia que anula la multa aunque no lo sepan los agentes

Los conductores que dan positivo suelen ponerse en manos de abogados expertos que conocen todas las triquiñuelas para anular la multa

Cada año se realizan en España más de siete millones de controles de alcoholemia, una auténtica barbaridad que supone que lo habitual es que todos los conductores soplemos al menos una vez al año y en algunos casos hasta dos.

Entre estos más de siete millones la DGT registra más de 200 positivo al día, lo que se traduce en unos 80.000 al año, algo muy grave si tenemos en cuenta que lo que antes era una simple infracción administrativa ahora se ha convertido en un delito y como tal puede ser castigado con prisión.

Delito, antecedentes y prisión

Beber al volante es una auténtica locura, tanto que de acuerdo con las pruebas forenses demuestran que hasta el 30 % de los fallecidos por accidente tenían alcohol en sangre.

En gran número de accidentes está presente el alcohol

Esto significa, por un lado, que tenían alterada su capacidad de respuesta al volante y por otro que presentaban problemas de coagulación en la sangre, pues es una de los consecuencias que provoca esta sustancia en el cuerpo, con lo cual se desangran sin posibilidad de hacer nada.

El error de forma

En este caso, y tal y como refleja una sentencia judicial que podría aplicarse a muchos otros casos similares, el error de procedimiento está relacionado con las dos pruebas que deben realizarse al conductor cuando da positivo para validar el resultado.

De acuerdo con la normativa vigente es obligatorio esperar 10 minutos entre ambas pruebas, de manera que si el conductor o el abogado detecta que la segunda prueba se ha realizado antes la multa no sería válida ante un juez, tal y como demostró una sentencia del Tribunal Supremo.

Siempre debe hacerse una prueba de contraste

Esta sentencia anuló la sanción a un conductor que había dado 0,74 miligramos por litro en la primera medición y 0,70 en la segunda, pero entre las que sólo transcurrieron ocho minutos y no los 10 reglamentarios.

Pese a que los agentes indicaron en el boletín de denuncia que los signos de alcoholemia eran evidentes, este defecto de forma ha invalidado la sanción.