Los ciudadanos deberán renovar la licencia con más frecuencia cuando alcanzan una cierta edadJose González Buenaposada

Motor

Esta es la norma de la DGT que afectará ya a los nacidos entre 1956 y 1961

La Dirección General de Tráfico no establece ningún límite de edad para conducir, sino que las capacidades físicas, sensoriales y cognitivas del conductor marcan la situación de cada uno

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), en España no existe una edad límite para dejar de conducir, sino que esta situación depende de muchos otros factores. En este sentido, las capacidades físicas, sensoriales y cognitivas del conductor son las claves que deberían marcar la decisión de llevar un coche o no, y el organismo estatal así lo define en sus indicaciones.

Sin embargo, desde la DGT establecen que, a partir de cierta edad, los ciudadanos con carnet deberán renovar la licencia más frecuentemente de cara a seguir conduciendo. Estos controles permiten verificar que las aptitudes necesarias para conducir se mantienen en buenas condiciones. De este modo, los periodos máximos de vigencia quedan fijados en 5 años para permisos AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción. Y 3 años para permisos profesionales de camiones y autobuses.

No obstante, la situación varía de nuevo para aquellos que sean mayores de 70 de años. En estos casos, los conductores no deben pagar las tasas de renovación del permiso, aunque sí tendrán que abonar el coste del reconocimiento médico obligatorio. Este examen se tiene que realizar siempre en un centro autorizado por la DGT, que comunica directamente el resultado a Tráfico.

De este modo, los nacidos en 1956 estarán exentos del pago de tasas si les corresponde renovar el permiso este año. Además, también cabe destacar que las personas pertenecientes a esta franja de edad pueden realizar la gestión pertinente sin necesidad de solicitar cita previa.

¿Qué pasa a partir de los 65 años?

Para todos aquellos que cumplen los 65 años en 2026, su situación con el carnet de conducir sufrirá una variación relevante: ahora deberán renovar su permiso de circulación cada cinco años en lugar de cada diez. Así se establece en la normativa, en la que se recoge que el periodo de vigencia se ve reducido, al mismo tiempo que se aumenta la frecuencia de los reconocimientos médicos.

En el caso de conducir con la licencia caducada, la sanción puede alcanzar los 200 euros y un delito grave, aunque no conlleva pérdida de puntos. En este sentido, la normativa exige que, en el momento de ponerse al volante, el permiso debe ser válido y estar vigente de cara a evitar este tipo de multas.