Los dos agentes sancionan al peatón

Los dos agentes sancionan al peatón

Tráfico

Multada con 200 euros por cruzar la calle sin usar el paso de cebra mientras varias personas hacen lo mismo: «Yo no le he insultado»

Aunque la autoridad tenga la razón, hay situaciones como esta que son manifiestamente injustas en la aplicación de la ley

Lo que ocurre en las calles habitualmente supera la ficción, no hay más que ver el relato de esta joven, que explica lo que le ha pasado cuando estaba cruzando la calle sin utilizar el paso de cebra.

Es cierto que lo que hizo es sancionable según recoge la Ley de Tráfico, pero lo cierto es que los usos y costumbres dicen que nunca se sanciona a los peatones por cruzar por donde no debe mientras no suponga un riesgo para él o para otros usuarios de la carretera.

No suele sancionarse

En este caso la joven discute amargamente con un Policía Local porque no solo la corrige por cruzar por mitad de la calle, sino que le extiende un boletín de denuncia con una sanción de 200 euros, 100 con reducción por pronto pago.

Los peatones no paran de cruzar por donde ha pasado la protagonista

Los peatones no paran de cruzar por donde ha pasado la protagonista

Pero lo que realmente enerva a la joven no es esto, sino que es que mientras están discutiendo con ella y la están sancionando hay varios peatones que están cruzando por la calle con total normalidad como si la situación no fuera con ellos.

Agravio comparativo

Se trata de una actitud muy irregular, tal y como dice la joven al agente que le responde que no puede hacer nada porque en ese momento está ocupado sancionándole a ella. Una situación que se vuelve aún peor cuando llega un segundo agente y se pone a hablar con el primero y tampoco sanciona a los peatones que están cruzando mal la calle.

Es cierto que aunque no sea habitual sí es sancionable cruzar una calle por donde no debemos, al igual que es posible que a los usuarios de bicicletas o patinetes se les someta a controles de alcoholemia, al final deben cumplir con el Reglamento General de Circulación, que establece en el artículo 124 que los peatones deben cruzar por los pasos de cebra y si no lo hacen se exponen a una sanción de 80 o 200 euros en función de las circunstancias.

«En zonas donde existen pasos para peatones, los que se dispongan a atravesar la calzada deberán hacerlo precisamente por ellos, sin que puedan efectuarlo por las proximidades...»Reglamento General de CirculaciónArtículo 124

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