Varias banderas ondean frente al edificio de la Comisión Europea
La abogada de la UE insta al Tribunal a revisar una sentencia que perdona 10 millones a España por no controlar la PAC
La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contradice con su opinión una sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) que anulaba una multa de 10 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a España en 2022.
La letrada ha propuesto devolver el asunto al tribunal de instancia inferior para que se pronuncie sobre unos argumentos de las autoridades españolas que no llegó a examinar.
El caso se remite a una decisión del Ejecutivo comunitario de 2022 por la que sancionó con 9.968.215,15 euros a España al considerar que no controló si agricultores de Castilla y León estaban protegiendo la flora silvestre y sus hábitats, una de las condiciones para recibir fondos de la PAC.
En 2024, el TGUE anuló la sanción dando por buena la argumentación de España, que alegó en un recurso que no podía controlar algo que no había definido previamente: al no haber aprobado planes de conservación de flora silvestre en Castilla y León, no existían obligaciones concretas que los agricultores debieran cumplir ni, por tanto, que las autoridades pudieran verificar.
La abogada europea, cuya opinión no es vinculante para el TJUE cuando dicte sentencia pero suele marcar la línea de la gran mayoría de sus fallos, señala que el TGUE se equivocó al considerar que España no estaba obligada a realizar controles agrarios en Castilla y León por el hecho de no haber definido previamente los planes de conservación de la flora silvestre.
El dictamen sostiene que un Estado miembro no puede eludir su deber de control invocando su propia omisión a la hora de detallar las exigencias que deben cumplir los agricultores. Para la abogada, permitir esta interpretación pondría en riesgo la finalidad de la PAC, que vincula la financiación europea al cumplimiento estricto de normas medioambientales.
La abogada general propone que el TJUE devuelva el caso al TGUE para que examine las alegaciones de España que no analizó en su sentencia. Si el tribunal de primera instancia europeo no vuelve a darle la razón, las autoridades españoles podrían tener que reintegrar los cerca de 10 millones de euros de multa de la Comisión Europea.