El alcalde de Jaén, Agustín González, con los concejales del PP salpicados por el falso montaje en los extremos

El alcalde de Jaén, Agustín González, con los concejales del PP salpicados por el falso montaje en los extremosEuropa Press

El Juzgado archiva la denuncia del PSOE contra los dos concejales del PP de Jaén por supuesta compra de votos

En el escrito los socialistas apuntaban como responsables a los entonces concejales del PP en el Ayuntamiento de Jaén, Antonio Losa y Manuel Palomares

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaén ha echado por tierra el nuevo intento acusatorio socialista contra el Partido Popular. La Justicia ha acordado el sobreseimiento provisional de la denuncia interpuesta por el PSOE en la jornada de reflexión de las pasadas elecciones municipales del 28-M por una supuesta compra de votos. En el escrito los socialistas apuntaban como responsables a los entonces concejales del PP en el Ayuntamiento de Jaén, Antonio Losa y Manuel Palomares.

El auto, al que se ha tenido acceso Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y que tiene fecha del pasado 22 de noviembre, recoge que la denuncia interpuesta el pasado 27 de mayo iba acompañada de «pantallazos de presuntas conversaciones de WhatsApp, que señalan como autores de las mismas a los denunciados».

Por ello se acordó la incoación de diligencias previas y su tramitación. Practicadas las diligencias oportunas el Ministerio Fiscal ha dictaminado el sobreseimiento del delito electoral.

Conversaciones falsas

La magistrada establece que las conversaciones de WhatsApps cuya autoría se imputaba a los denunciados «son falsas», «habiéndose acreditado indiciariamente que dichas conversaciones de WhatsApp, nunca estuvieron ni salieron de los teléfonos móviles de los denunciados».

Además, señala que «no existe indicio alguno» de que Antonio Losa o Manuel Palomares «hayan tenido participación alguna en la compra de votos denunciada», motivo por el que la magistrada ha decretado el sobreseimiento de las actuaciones al no resultar motivo justificado de delito electoral.

Contra esta decisión se puede interponer recurso de reforma en el juzgado que emite el auto en el plazo de tres días y, subsidiariamente o directamente sin necesidad del anterior, recurso de apelación ante la Audiencia de Jaén en el plazo de cinco días.

Nueva condena de los ERE

Mientras los socialistas andaluces continúan con su particular persecución en aquellas regiones y ayuntamientos donde gobierna el PP, hace menos de una semana la Audiencia de Sevilla impuso penas de dos años y medio y dos años de prisión a los dueños de EDM y Séneca SA por una ayuda de 400.000 euros de la Junta socialista entre los años 2007 y 2008.

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