
El exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández comparece en el juicio de los ERE (archivo)
Caso ERE
El Supremo desoye a Pumpido y se niega a anular las condenas de una pieza de los ERE
El Alto Tribunal rechaza los incidentes de nulidad presentados por los cinco condenados en la causa separada de Acyco
el Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad presentados por los cinco condenados en la pieza separada del caso ERE relativa a las ayudas concedidas a la empresa Acyco, tras alegar estos la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula la condena del exconsejero socialista Antonio Fernández relativa al «procedimiento específico» de la macrocausa.
Los recurrentes alegaban una posible vulneración de derechos al haber sido condenados como partícipes de una conducta atribuida al exconsejero Antonio Fernández, teniendo en cuenta la decisión del Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, de anular su condena de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por prevaricación y malversación en la pieza principal de los ERE.
Sin embargo, en su sentencia, emitida el pasado 26 de marzo, el Supremo matiza que esa anulación fue parcial y solo afecta a una parte concreta del uso de fondos del programa 31L, el llamado fondo de reptiles.
Según el Alto Tribunal, sigue siendo válido enjuiciar hechos relacionados con la disposición de esos fondos para fines no previstos en la ley, como ocurrió en el caso Acyco, y considera que las condenas se mantienen vigentes, aunque ha procedido a reducir algunas de las penas en proporción a los nuevos criterios.
El Supremo destaca además que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre Antonio Fernández no afecta a todas las ayudas canalizadas por el programa 31L, sino únicamente a las que sí se ajustaban a lo previsto en la ley. Aquellas que se desviaron de su finalidad legal siguen siendo punibles. De este modo, el Alto Tribunal considera que las condenas impuestas no se ven afectadas por la doctrina del TC y que no se ha producido una doble persecución penal.
La Fiscalía había pedido la absolución de Fernández, así como del ex director general de Trabajo Juan Márquez, al entender que los hechos por los que se les condenaba ya habían sido juzgados en la pieza política.
Esa misma línea de defensa fue esgrimida por varios acusados en la causa Acyco, que alegaron cosa juzgada y aplicación del principio non bis in idem. Sin embargo, el Supremo concluye que los hechos de esta pieza son distintos y que existe base jurídica suficiente para mantener las condenas.