El exdirector de la Faffe, Fernando Villén, a su llegada a la Audiencia de Sevilla (archivo)
Caso Faffe
Condenan a prisión a un ex alto cargo de la Junta por enchufar a un alcalde del PSOE que nunca fue a trabajar
La sentencia concluye que su contratación se hizo «por su sola voluntad, amistad y afinidad política», sin que el exregidor acudiera a trabajar ni realizara labor alguna durante años
La Audiencia de Sevilla ha condenado a Fernando Villén, ex director general técnico de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe), a tres años y medio de cárcel por el enchufe del exalcalde socialista de Lebrija Antonio Torres. La sentencia concluye que su contratación se hizo «por su sola voluntad, amistad y afinidad política», sin que el exregidor acudiera a trabajar ni realizara labor alguna durante años.
Villén ha recibido dicha condena como autor de un delito de malversación de caudales públicos. El tribunal también le ha impuesto siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación. En ambos delitos ha concurrido la atenuante simple de dilaciones indebidas en el proceso judicial. Torres, por su parte, ha recibido dos años y tres meses de cárcel, además de ocho años de inhabilitación, como cooperador necesario de malversación.
Ambos condenados deberán indemnizar solidariamente a la Junta de Andalucía con 359.973,51 euros, cantidad que el exalcalde percibió indebidamente desde su contratación en la Faffe hasta su integración en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE). La sentencia, emitida este pasado 29 de abril, aún no es firme y podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Los magistrados consideran acreditado que, tras perder la Alcaldía de Lebrija en 2003, Antonio Torres acudió directamente a Fernando Villén solicitando trabajo. Este accedió, argumentando la necesidad de conseguir financiación para la Faffe, aunque los jueces subrayan que dicha justificación era innecesaria, dado que la fundación ya contaba con amplios fondos públicos procedentes de subvenciones.
Según la sentencia, el exalcalde no solo fue contratado sin justificación, sino que desde el principio exigió ser empleado fijo e impuso sus condiciones salariales. Como no existía en el organigrama de la Faffe ningún puesto para él, Fernando Villén creó uno ad hoc bajo la pomposa denominación de Dirección de Relaciones Externas, un departamento inexistente, sin sede ni personal.
A pesar de no realizar ninguna función ni acudir a las oficinas, Antonio Torres llegó a disponer de una tarjeta de presentación con su supuesto cargo y el logotipo de la Junta de Andalucía. Los jueces afirman que su presencia era completamente desconocida por el resto del personal de la fundación, lo que evidencia que nunca formó parte de su estructura organizativa.
El contrato se firmó en julio de 2003 y, tras ser prorrogado, se convirtió en indefinido en diciembre de 2004. Durante ese tiempo, percibió más de 40.000 euros anuales sin desempeñar tareas efectivas. En los diez años que mantuvo esa relación laboral, sus escasas gestiones se limitaron a contactos puntuales desde su domicilio, utilizando medios personales y cuentas de correo gratuitas como Hotmail o Gmail.
Contratación «injusta y arbitraria»
La sentencia califica la contratación como «injusta y arbitraria», al haberse realizado sin ningún tipo de procedimiento ni evaluación sobre la idoneidad del candidato. No se respetaron principios legales básicos como la publicidad, objetividad, igualdad de oportunidades o mérito y capacidad, exigidos tanto por la legislación como por la normativa interna de la Faffe.
El tribunal destaca que no hay ningún documento que respalde la contratación ni que demuestre cumplimiento alguno de los requisitos habituales para ingresar en una fundación pública. Considera que Antonio Torres colaboró activamente para dar «apariencia de legalidad» al proceso, concertándose con Fernando Villén para llevar a cabo una contratación absolutamente irregular.
Los magistrados son tajantes al afirmar que esta forma de actuar «es ilegal, grosera y arbitraria», realizada al margen de cualquier norma. Según el fallo, en la Faffe se practicaba una contratación basada en el «libre arbitrio» del director, orientada a colocar a personas afines sin tener en cuenta criterios técnicos.
Por todo ello, el tribunal concluye que el verdadero objetivo de esta maniobra fue garantizar al exalcalde «un beneficio económico con la consiguiente desviación del dinero procedente de las subvenciones y patente empobrecimiento del erario público». «Antonio T. no fue a trabajar pero recibió el dinero», subrayan los jueces, quienes además condenan el «desprecio patente» a la legalidad mostrado por los acusados.
Finalmente, la Audiencia Provincial resume que los hechos enjuiciados fueron fruto de un acuerdo entre ambos condenados para aprovechar «su cercanía personal o política» y desviar recursos públicos en beneficio propio. La sentencia considera que este caso constituye un grave ejemplo de corrupción institucional, al margen de los principios que deben regir en la gestión del dinero público.