La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, frente al hotel de El Algarrobico (archivo)Marian León | Europa Press

Almería

La Justicia allana el camino al Gobierno para expropiar El Algarrobico un año después de la promesa de Montero

El TSJA rechaza las medidas de la promotora contra la resolución del Ejecutivo que declaró la necesidad de ocupar los terrenos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado las medidas cautelares que solicitó en su día la promotora Azata del Sol para suspender los trámites del Gobierno encaminados a la expropiación del hotel construido en la playa de El Algarrobico, en Carboneras; una promesa que realizó in situ la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, hace ya un año y que aún no ha podido cumplir.

Así lo determina la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada en un auto en el que impone las costas del incidente a la mercantil con un límite de 150 euros y por el que da vía libre al Ejecutivo para continuar con los trámites de expropiación, al entender que su resolución sigue siendo ejecutiva mientras se resuelve el recurso principal interpuesto por la empresa ante los tribunales.

Azata del Sol recurrió en agosto de 2025 ante el TSJA la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) que denegaba el recurso de alzada interpuesto contra la decisión de la Delegación del Gobierno en Andalucía, que acordaba la necesidad de ocupar para su expropiación parcial los suelos en los que está el hotel del Algarrobico, en concreto, la mitad que se adentra en el dominio público marítimo-terrestre e invade la línea de costa.

En este sentido, y antes de que llegar al fondo de la cuestión, desde Azata se solicitó al Alto tribunal andaluz que ordenara a la Administración central detener los trámites de la expropiación para evitar de este modo un posible «daño irreparable» que pudiera derivarse de la demolición del hotel.

Fuentes del Gobierno central han indicado a Europa Press que el procedimiento de expropiación forzoso aún se encuentra alejado de este punto, puesto que la Dirección General de Costas y el Mar trabaja todavía en la determinación del justiprecio que ofrecerá a la promotora.

Sin visos de demolición

No obstante, y más allá de los trámites realizados hasta el momento por el Miteco, el TSJA rechaza la petición de Azata del Sol al entender que no existe riesgo de un perjuicio «irreparable», ya que la «necesidad de ocupación» de los terrenos afectados no implican, de momento, la demolición del hotel.

«No se determina en el acuerdo impugnado la demolición de lo construido en la parte que invade la zona de servidumbre de protección», aclara la Sala, que aún así reconoce que la finalidad última es «dejar expedita» dicha área, «al igual que previsiblemente ocurrirá con la totalidad del suelo ocupado si se declara la nulidad de la licencia» de obras concedida en 2003, cuya revisión de oficio tramita el Ayuntamiento de Carboneras bajo sentencia judicial en otra causa.

De igual forma, reconoce la existencia de un protocolo de actuación entre Estado-Junta publicado en diciembre de 2011 y destinado a recuperar la playa de El Algarrobico mediante una actuación coordinada que pasa por la demolición del inmueble de una veintena de plantas y 411 habitaciones, cuya construcción fue paralizada cautelarmente hace ya 20 años por un juez de Almería.

El tribunal abunda así en que, en este preciso momento, los «daños o perjuicios» que provocaría la continuación del expediente de expropiación «no son irreversibles» en caso de que Azata del Sol ganara el pleito sobre la causa principal, lo que posibilitaría un restablecimiento de la situación jurídica.

Recuperación de valores ambientales

El TSJA apunta además el interés público de la actuación basado en la recuperación de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre con fundamento en la Ley de Costas, con lo que se extiende más allá de ejecutar el acto administrativo de la expropiación.

«El hecho de que determinados valores ambientales hayan quedado ya destruidos no impide que se pretenda su recuperación [...] sin que la antigüedad del deslinde o el anterior inicio de un expediente expropiatorio luego desistido impida tal consideración», resume el auto.

De otro lado, la Sala descarta que existan otros motivos para justificar la paralización de los trámites del expediente al no observarse aplicaciones de normas declaradas nulas o causa de nulidad manifiesta.

Asimismo, apunta que la edificación se encuentra en zona de servidumbre y que el deslinde practicado es firme, toda vez que no entra a evaluar en el marco de esta decisión si la identificación de los bienes a expropiar señalados por el Gobierno es del todo correcta para evitar prejuzgar el fondo del asunto.

El Gobierno inició la expropiación parcial de los suelos que ocupa el hotel en el paraje de El Algarrobico a través de una declaración de utilidad pública, realizada por acuerdo del Consejo de Ministros el 11 de febrero de 2025 al amparo de la Ley de Costas.

Su objetivo es poder hacerse con la parte afectada por servidumbre de protección, que estima en unos 16.432 metros cuadrados, siendo la superficie total según catastro de 32.654 metros cuadrados. La otra mitad del hotel se asienta en suelos protegidos, ya declarados como no urbanizables, del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, sobre los que la Junta de Andalucía tiene competencias.