Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio de los EREEuropa Press

Caso ERE

Bruselas pide a la Justicia europea que se declare «incompetente» para opinar sobre el borrado de los ERE

La Comisión Europea se escuda en que no se defraudaron fondos europeos ante la cuestión prejudicial de la Audiencia de Sevilla

La Comisión Europea ha propuesto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se declare «incompetente» para responder a las dudas que le planteó la Audiencia de Sevilla en una cuestión prejudicial previa a la revisión de las condenas dictaminada por el Constitucional sobre el caso ERE.

Según el escrito de observaciones del principal órgano ejecutivo de la Unión Europea, adelantado por Diario de Sevilla, «el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia de Sevilla». Bruselas sostiene que el planteamiento carece de base suficiente para implicar al TJUE en un asunto que considera ajeno al ámbito del Derecho de la Unión.

La Audiencia de Sevilla elevó esta cuestión prejudicial tras las sentencias del Tribunal Constitucional que borraron parcialmente las responsabilidades penales de varios condenados del caso ERE, entre ellos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El tribunal andaluz debía adaptar sus resoluciones a dichos fallos, pero expresó dudas sobre su encaje en la normativa europea.

En su auto, la Sección Primera consideró «imprescindible» acudir al TJUE «para que este tribunal nacional español pueda decidir sobre el requerimiento derivado» de las sentencias del Constitucional. Argumentaba además la necesidad de actuar «atendidas las dudas acerca de su adecuación al Derecho Europeo y la jurisprudencia del TJUE» y con el objetivo de «evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares [...]».

Sin embargo, la Comisión Europea rechaza de plano este planteamiento. En su informe, elaborado por cuatro miembros de su servicio jurídico, insiste en que las cuestiones prejudiciales son «inadmisibles» y que no existe relación directa entre el litigio principal y el Derecho de la Unión. Por ello, además, ni siquiera entra a valorar el fondo del asunto.

El dictamen subraya que la Audiencia de Sevilla no ha demostrado que los fondos implicados en el caso –los famosos 680 millones– procedan del presupuesto comunitario. «En las sentencias de la Audiencia Provincial, del Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional no existe ninguna referencia a la financiación de la Unión en relación con el programa controvertido», señala el documento.

La Comisión añade que, al no existir vínculo con fondos europeos, el caso queda fuera del ámbito de aplicación del artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que regula la protección de los intereses financieros comunitarios. En consecuencia, dichas disposiciones son «simplemente inaplicables».

Además de Bruselas, otras instituciones y actores han mostrado su rechazo a la iniciativa de la Audiencia sevillana. La Fiscalía General del Estado, el Gobierno de España e incluso la República Checa han solicitado también la inadmisión de la cuestión prejudicial o su desestimación en caso de que el TJUE decidiera examinarla.

El informe europeo también responde a la preocupación de los jueces españoles sobre un posible impacto indirecto en los intereses financieros de la Unión. Frente a esa tesis, la Comisión considera que tales argumentos «no justifican la admisibilidad» de la petición y advierte de que aceptar ese enfoque abriría la puerta a extender el Derecho europeo a casos sin conexión real.

En este sentido, el documento recuerda que una interpretación excesivamente amplia permitiría al TJUE convertirse en una instancia de revisión general de decisiones nacionales. «De otro modo, el Tribunal de Justicia podría pronunciarse sobre la práctica totalidad de las resoluciones de los órganos jurisdiccionales nacionales, erigiéndose en una instancia de 'supercasación' europea, si se permite esta expresión», concluye.