Habitación de hotelEuropa Press

Lo han condenado a prisión

El gran 'simpa' de Málaga: se va de un hotel dejando a deber más de 1.000 euros

La Audiencia Provincial confirma la condena al considerar que el huésped pagó solo el primer mes para ganarse la confianza y nunca tuvo intención de abonar el resto de la estancia

El propietario de un hotel en Málaga pensó que había encontrado un cliente confiable. El huésped pagó puntualmente el primer mes de alojamiento. Pero lo que siguió fue una pesadilla de impagos, promesas rotas y una fuga sin dejar rastro. La Audiencia Provincial de Málaga acaba de confirmar su condena a un año de prisión por defraudar al establecimiento con 1.102,80 euros. El tribunal ha dejado claro que no se trató de un simple impago, sino de un engaño planeado desde el principio.

El acusado se alojó en el hotel en abril de 2022. Pagó el primer mes y luego dejó de pagar. Cuando la deuda comenzó a acumularse, el huésped siguió dando largas. Incluso firmó un reconocimiento de deuda y dejó un televisor como garantía. El problema era que el aparato no funcionaba. Luego abandonó el establecimiento sin pagar la factura y dejó de responder a las llamadas del propietario.

Un 'plan preconcebido'

La defensa del condenado apeló la sentencia del Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga. Argumentaron que solo se trataba de un incumplimiento contractual, no de un delito. También alegaron que no había pruebas del engaño inicial y denunciaron una violación de la presunción de inocencia. Pero el Tribunal ha rechazado todos esos argumentos. Los jueces consideran probado que el acusado actuó con un «plan preconcebido».

El tribunal enfatiza que la diferencia entre un impago civil y un fraude radica en la existencia de engaño desde el inicio. En este caso, el huésped solo pagó el primer período «para ganarse la confianza de la víctima». Su intención nunca fue satisfacer el resto de la deuda ni cumplir con el reconocimiento firmado posteriormente. Además, no se probó que el impago se debiera a un empeoramiento de su situación económica.

Facturas y testigos

La condena se basa en la declaración del propietario del hotel, respaldada por las facturas y el reconocimiento de deuda firmado por el acusado. Según el testimonio, el huésped solo pagó el primer mes y luego solo entregó 50 euros en dos ocasiones antes de dejar de pagar. Después de eso, fue imposible localizarlo. Para los jueces, las pruebas fueron suficientes.

La sentencia también descarta que se violara el derecho del acusado a no declarar. El juicio se celebró legalmente en su ausencia porque había sido correctamente citado. Su ausencia no justificó la condena, sino que reforzó pruebas que ya se consideraban suficientes. Además, el tribunal indica que el acusado cortó toda posible comunicación con la víctima, lo que demuestra su intención de evitar el pago.

Prisión e indemnización

El Tribunal ha rechazado reducir la pena de un año de prisión impuesta en primera instancia. El artículo 249 del Código Penal establece un rango de seis meses a tres años para este delito. El tribunal considera que, aunque el monto no es muy alto, la «actitud claramente evasiva hacia sus responsabilidades» justifica la imposición de doce meses de prisión, «una cifra más cercana a la pena mínima y lejos de la máxima».

Los tribunales españoles llevan años distinguiendo entre el simple impago y el fraude en el sector hotelero. La clave está en la intención inicial: si el cliente entra al establecimiento con la intención de pagar, incluso si luego no puede hacerlo, es un asunto civil. Pero si desde el principio simulan una solvencia que no tienen, como en este caso, la conducta se convierte en un delito. El Tribunal de Málaga ha sido claro: no es lo mismo no poder pagar que nunca haber tenido la intención de hacerlo.