El TSJIB rechaza dar clases en castellano a un padre en un colegio de Mallorca

El TSJIB rechaza dar clases en castellano a un padre en un colegio de MallorcaMaría José López - Europa Press

La justicia de Baleares rechaza de nuevo garantizar el 25 % de clases en castellano en un colegio

  • El tribunal sostiene que los padres "tienen derecho a escoger el centro, pero no a imponer el porcentaje del idioma en un colegio concreto»

La justicia balear vuelve a cerrar la puerta al castellano en las aulas de Mallorca. El Tribunal Superior de Justicia de las Baleares (TSJB) ha rechazado el recurso de un padre que pedía que su hijo recibiera al menos un 25 % de las clases en castellano en un colegio de Palma. El fallo replica el dictamen emitido hace unas semanas en un caso casi idéntico en otro instituto de la capital. Los progenitores, afirma la Sala, «tienen derecho a escoger el centro educativo, pero no a imponer el porcentaje del idioma en un colegio concreto».

El demandante reclamaba que su hijo cursara una asignatura troncal —como Matemáticas o Geografía— en castellano y que se extendiera esta medida al resto del alumnado. Alegaba que el actual Proyecto Lingüístico de Centro (PLC) vulnera la Constitución y contradice la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre el sistema educativo catalán.

También reclamó la aplicación de este mismo derecho para todos los alumnos del colegio.

La Conselleria de Educación y el colegio defendieron su modelo con el mismo argumento: la normativa autonómica garantiza la competencia en las dos lenguas oficiales sin necesidad de establecer porcentajes fijos. Según Educación, «no existe ninguna norma que obligue a impartir el 25 % de las clases en castellano».

Ante la negativa, el padre recurrió al TSJB, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre el sistema educativo catalán. Sin embargo, corrió la misma suerte, ya que el recurso fue rechazado.

La comparación con el sistema educativo catalán

El padre basaba buena parte de su recurso en la jurisprudencia catalana, donde el Supremo obligó a fijar un mínimo del 25 % de clases en castellano para corregir la exclusión de esta lengua. Pero el TSJB ha descarta la comparación. Argumenta que, en Baleares, el castellano sigue siendo lengua vehicular y que no existe una inmersión total como en Cataluña. Por tanto, la aplicación automática de aquel precedente no tiene fundamento jurídico.

Aunque Baleares no excluye el castellano como lengua vehicular, no existe una norma que obligue a los centros a impartirlo en un 25 % de las clases, lo que ha servido para que muchos centros públicos y concertados apliquen una inmersión de facto.

El TSJIB legitima el modelo lingüístico de Baleares

El tribunal entiende que la Ley de Educación balear cumple la Constitución y garantiza el desarrollo educativo para castellanohablantes. También remarca que «los padres tienen derecho a escoger el centro, pero no a imponer el porcentaje de uso del castellano dentro del plan lingüístico de un colegio concreto». Decreta que el colegio denunciado goza de autonomía para «elaborar su proyecto lingüístico según su realidad social y educativa, bajo la supervisión de la Inspección Educativa». Finalmente, señalan que el instituto acusado no se está perjudicando el aprendizaje en castellano.

La sentencia, con todo, reconoce el desconcierto de algunos padres ante las diferencias normativas entre comunidades, y no impone costas al demandante, entendiendo que «la confusión entre la jurisprudencia catalana y la balear pudo inducir a error al demandante».

Hace unas semanas, el TSJB denegó a otra familia el 25 % de clases en castellano. En este caso, al menos reconocía que el Gobierno balear está obligado a garantizar la existencia de colegios que ofrezcan un modelo bilingüe en cada municipio o, al menos, en cada zona escolar, de manera que las familias dispongan de una alternativa al modelo 100 % en catalán. De lo contrario, advertía el tribunal, se trataría de «una mera formulación ilusoria».

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