La acusada a la derecha durante el juicio
Ibiza
Prisión permanente revisable para la mujer que mató a su suegro de 77 años tras incendiar la vivienda
La magistrada la condena por un asesinato con alevosía sobre una persona especialmente vulnerable tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular
La Audiencia Provincial de Baleares condena a prisión permanente revisable a la mujer que provocó la muerte de su entonces suegro, un hombre de 77 años y totalmente dependiente, en Ibiza en 2023. La mujer prendió fuego a la vivienda mientras el hombre, con problemas de movilidad, dormía. La víctima falleció asfixiada.
El juicio se celebró el pasado mes noviembre con un jurado popular, que emitió un veredicto de culpabilidad. La jueza emite ahora la sentencia y condena a la acusada por un asesinato con alevosía sobre una persona especialmente vulnerable y por incendio.
El veredicto del tribunal popular reconoció que la acusada padecía un trastorno esquizoafectivo, pero consideró que en el momento de los hechos sus capacidades no estaban anuladas. Según el jurado, la condenada conocía la vivienda, entró con llave y aprovechó que las víctimas dormían para provocar el incendio, con la intención de asegurarse de que resultara letal, sin asumir ningún riesgo y sin posibilidad de escape para la víctima.
La sentencia de la magistrada establece que «conforme las conclusiones de los miembros del Jurado y la doctrina del Tribunal Supremo, resulta justificado aplicar a la mujer la circunstancia atenuante analógica simple de alteración psíquica».
No obstante, la atenuante por alteración psíquica no reduce la pena, aclara la magistrada, porque la prisión permanente revisable no permite modular su duración.
La sentencia emitida este jueves establece que la procesada no podrá pedir el tercer grado hasta cumplir 15 años de prisión ni disfrutar de permisos de salida antes de los 8 años. Sólo podrá solicitar la suspensión de la ejecución de la pena cuando cumpla 25 años, siempre que se cumplan los requisitos legales. La condenada deberá indemnizar a la viuda con 86.484 euros y a cada hijo con 62.268 euros, y pagar por los daños en la vivienda, calculados en 48.201 y 179 euros.
La sentencia aún no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB).