Centro de salud de Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza

La Justicia avala a un médico que se negó a dar una baja a una mujer para «presionar a su jefe»

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha avalado la decisión de la administración sanitaria de negar una baja médica por incapacidad temporal a una trabajadora que acudió al médico por ansiedad y que, según quedó reflejado en su historia clínica, pretendía utilizar la incapacidad temporal para «presionar a su jefe».

La sentencia, dictada el 2 de febrero de 2026 y a la que ha tenido acceso El Debate, confirma la resolución previa del Juzgado de lo Social nº1 de Ibiza y rechaza el recurso de la empleada, que trabajaba como auxiliar administrativa en una oficina de seguros.

De acuerdo con los hechos probados, la mujer llevaba aproximadamente un mes trabajando cuando el 8 de enero de 2024 acudió al centro de salud de Sant Josep de Sa Talaia con síntomas de irritabilidad y ansiedad.

«Mi jefe se ha enamorado de mí»

Durante la consulta explicó al facultativo que vinculaba su estado a un supuesto acoso laboral, asegurando que su jefe se había enamorado de ella. Sin embargo, en la historia clínica el médico dejó constancia de una frase clave que después sería determinante en el litigio.

«Refiere síntomas ansiosos, que relaciona con acoso laboral por parte de su jefe. Lleva un mes trabajando en una oficina de seguros y su jefe se ha enamorado de ella y dice que la acosaPretende IT para presionar a su jefe pero le indico que esa no es la solución a su problema, sino de otro tipo (legal, laboral…)».

El plan médico fue continuar con su medicación habitual y seguir los controles con su psiquiatra y su médico.

Inspección médica bloqueó la baja

Dos días después, el 10 de enero de 2024, la trabajadora acudió a su médico de familia para solicitar formalmente la baja, pero se le informó de que el proceso estaba bloqueado por la inspección médica.

En esa consulta se volvió a reflejar un «cuadro de ansiedad relacionado con posible acoso en el trabajo», aunque el facultativo también le recomendó que la situación se abordara por vías legales o sindicales.

El médico de atención primaria pidió entonces una valoración de la inspección médica, que revisó la historia clínica y llegó a la misma conclusión. En su resolución recogió nuevamente la anotación del primer facultativo y concluyó de forma tajante.

«Tras revisar la historia clínica y la anotación del día 08.01 (…) pretende IT para presionar a su jefe (…) En este momento de atenderla la crisis de ansiedad ya se le ha pasado. NO SE AUTORIZA IT».

Posteriormente, el Servicio de Salud de Baleares desestimó la reclamación previa de la trabajadora al considerar que «no se objetivaron causas que justificaran la situación de incapacidad temporal».

Un episodio de ansiedad puntual

Durante el procedimiento judicial se incorporó también un informe médico-forense que concluyó que la trabajadora había sufrido una crisis de ansiedad aguda de varias horas, tras la cual se recuperó, aunque persistía un cuadro de ansiedad reactivo de menor intensidad.

La sentencia subraya que el episodio incapacitante fue puntual, ya que la propia pericial indica que la afectada «se recupera de dicha sintomatología aguda», aunque el trastorno ansioso persistiera «de forma menos insidiosa».

Además, el tribunal recuerda que el puesto de auxiliar administrativa presenta un nivel de carga mental moderado (grado II sobre IV) según la guía de valoración del INSS.

La Sala concluye que en la fecha clave —el 8 de enero de 2024— no se acreditó la imposibilidad de trabajar, uno de los requisitos necesarios para reconocer una incapacidad temporal.

En su razonamiento, los magistrados dan especial valor a las pruebas contemporáneas a los hechos, como la historia clínica, donde se reflejaba la finalidad declarada de la baja.

La resolución también apunta que la trabajadora inició una nueva relación laboral el 7 de febrero de 2024, lo que refuerza la conclusión de que el episodio de ansiedad fue temporal y no incapacitante.

Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares desestima el recurso y confirma la negativa a conceder la baja médica solicitada por la auxiliar administrativo.