Sede de la Audiencia Provincial de Segovia
Condenado a pagar una multa de 600 euros por empujar e insultar a una persona transexual en Segovia
El varón, que conocía a la víctima de la infancia, profirió insultos homófobos durante el encuentro
La Audiencia Provincial de Segovia condenó a un varón a pagar una multa de 600 euros por empujar a una persona transexual que se percibe como mujer en una parada de autobús cercana al Centro comercial Carrefour Luz de Castilla, ubicado en la capital, además de proferir insultos homófobos como «puto maricón, te reviento» durante el encuentro ocurrido en la noche del 27 de enero de 2025.
Tanto la víctima como el hombre condenado se conocían desde edades tempranas al haber convivido en la misma zona de la ciudad, pero hacía años que no coincidían. La denunciante, que venía de iniciar los pasos necesarios para transformar su apariencia física y modificar sus órganos genitales, así como para la tramitación registral de la mención relativa al sexo y la elección de nuevo nombre acorde con su identidad sexual, denunció haber sido víctima de varios delitos, entre ellos, amenazas, maltrato de obra y delito relativo al ejercicio de los derechos y libertades públicas, así como contra la integridad moral.
Según relató la Audiencia Provincial, dentro de los hechos probados, se establecía el encuentro entre la denunciante y el condenado, además de su mujer. En ese momento, el hombre se dirigió a la víctima al grito de «puto maricón, te reviento», para acto seguido dar un empujón con sus manos a la altura del pecho, sin causarle lesión alguna. Tras ello, la mujer del condenado se metió en medio de ambos y se dirigió a la denunciante para decir: «Anda, tira para allá, malhecha».
Este encuentro derivó en otro unos días después, por el que la denunciante interpuso otra denuncia contra dos personas más, entre ellos el padre del condenado y un conocido, quienes, según la víctima, también lanzaron insultos y amenazas, aunque el relato no quedó acreditado.
Finalmente, la Audiencia Provincial falló la absolución libremente de las otras tres personas de todos los delitos que les venían siendo atribuidos, declarando de oficio las costas causadas respecto de los referidos acusados.