El presidente catalán, Salvador Illa, y la portavoz parlamentaria de los Comunes, Jéssica Albiach, en una imagen de archivo
Vivienda
La prohibición de la compra de pisos para invertir en Cataluña es inconstitucional, según un informe
Un estudio de la Cátedra UNESCO de Vivienda de la URV concluye que las proposiciones de ley para vetar la «compra especulativa» de vivienda desbordan los límites de la Constitución
El pleno del Parlament de Cataluña tramitará este martes por lectura única la proposición de ley de los Comunes para prohibir la «compra especulativa» de vivienda –esto es, la compra de pisos para invertir–, y la medida se votará, previsiblemente, en el último pleno del curso, entre los días 21 y 23 de julio. La CUP ha presentado una proposición de ley similar, pero ha quedado aparcada para más adelante.
El intervencionismo de la medida ya despertó suspicacias entre los expertos cuando se presentó, hace unos meses. Este lunes, no obstante, la asociación de propietarios de viviendas Som Habitatge (SH) ha presentado un informe elaborado por los profesores Sergio Nasarre y Héctor Simón, responsables de la Cátedra UNESCO de Vivienda de la Universidad Rovira i Virgili (URV), que concluye que la prohibición es, además, inconstitucional.
Tras analizar las propuestas de los Comunes y de la CUP –con algunas diferencias, pero concordantes en lo mollar–, Nasarre y Simón constatan una decena de vulneraciones de la Constitución Española. «La conclusión es clara: tal y como está planteada ahora, la ley es inconstitucional», ha resumido Cristina Rúbies, miembro de la junta de SH, en la rueda de prensa de presentación del estudio.
Dos personas observan la oferta de pisos en alquiler de una oficina inmobiliaria de Barcelona
En concreto, los investigadores de la URV constatan que la propuesta de los Comunes desborda la función propia del urbanismo –que es la ordenación de los usos del suelo–, y que ambas proposiciones «inciden en el contenido esencial del derecho de propiedad privada». También critican que las propuestas «condicionen ex ante quien puede adquirir una vivienda y predeterminar su destino obligatorio».
Entre las conclusiones del estudio se señalan otros incumplimientos de la Carta Magna, como la falta de competencia de la Generalitat para legislar sobre las bases de las obligaciones contractuales, el hecho de que se imponga un «trato territorialmente asimétrico entre propietarios» –esto es, una diferencia entre Cataluña y el resto del país– o que se vulnere la libertad de empresa, al restringirse la actividad inmobiliaria a un solo tipo de negocio.
Nasarre y Simón añaden que, además, las proposiciones también vulneran el derecho europeo. En concreto, señalan a la libre circulación de capitales, recogida en el artículo 63 del TFUE, ya que «no se aportan suficientes datos empíricos que justifiquen la medida». Nasarre ha añadido, además, que el único precedente en Europa de una medida similar tuvo lugar en Holanda y «no ayudó a facilitar el acceso a la vivienda de los más necesitados, porque se redujo la oferta de alquiler y la encareció».
Inseguridad jurídica
Por su parte, la directora general de SH, Anna Puigdevall, ha señalado que estas propuestas tienen defectos tanto de forma como de fondo. En lo primero, lamenta que la prohibición se presente «como un parche», y que legislar de esta forma, por la vía rápida y sin los debates necesarios, «agrava el problema de la inseguridad jurídica».
«Estamos atrapados en un ciclo: hacemos una ley precipitada, que se anula totalmente o en parte, se crea un vacío normativo y hacemos otra ley precipitada», ha lamentado, señalando además que, después de seis años aplicando legislación intervencionista tanto a nivel estatal como autonómico «el problema de la vivienda no solo no se ha resuelto, sino que se ha incrementado», con una caída de la oferta del alquiler, un encarecimiento de los precios y un descenso en la calidad de los pisos que salen al mercado.
Puigdevall ha lamentado la «demonización» de la inversión privada, y ha asegurado que «las leyes actuales no pretenden en ningún caso arreglar el problema de la vivienda, sino ir en contra de la propiedad privada por un motivo ideológico: se usa la emergencia habitacional como coartada».
SH recuerda que hace unos meses ya presentaron dos informes concluyendo que la polémica ley catalana para regular los alquileres de temporada y de habitaciones presenta severas deficiencias, y que incluso podría ser inconstitucional, y que hay admitido a trámite un recurso, pendiente del Tribunal Constitucional. «Prevemos que la resolución sean unos meses largos, hasta un año o año y medio», apunta Puigdevall.
En el caso del veto a la compra especulativa, desde la asociación piden a los partidos políticos que lo recurran al TC y que lo eleven al Consejo de Garantías Estatutarias. «Hemos hablado con muchos de ellos, y estamos acabando de afinarlo, pero prevemos que alguna formación lo haga», ha adelantado.